Publicado el 28 ene de 2026Fechado el 19 ene de 20266 páginasEn el mensaje «Notificación de Recurso de Reconsideración procedimiento núm. EDESUR-MAE-PEEN-2025-0001»
Green Cables & Systems, SRL presentó el 20 de enero de 2026 una impugnación parcial al pliego del proceso EDESUR-MAE-PEEN-2025-0001, convocado el 29 de diciembre de 2025 para adquirir aisladores y materiales de protección. Solicita eliminar requisitos de experiencia y certificaciones de satisfacción, montos mínimos de ventas y patrimonio, y una línea de crédito equivalente al 20 % del presupuesto referencial de los bienes ofertados. El documento no contiene una decisión sobre el recurso; registra su recepción por EDESUR el 22 de enero de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La recurrente alega que exigir una línea de crédito equivalente al 20 % del presupuesto referencial para los bienes ofertados, además de la solvencia financiera, puede restringir la participación y que el pliego no aclara si ambos requisitos son acumulativos. Los montos mínimos de ventas y patrimonio aparecen incompletos en el texto reproducido, por lo que no es posible valorar su proporcionalidad con estas cifras.
“Certificación de Línea de Crédito, Préstamo Comercial o Carta de Crédito aprobada por una entidad de intermediación financiera autorizada por la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, dirigida al presente proceso: EDESUR-EDE”
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La recurrente cuestiona el requisito de acreditar suministros similares de los últimos cinco años y certificaciones de satisfacción, y sostiene que entre ellas se exige una de EDESUR. El documento menciona al menos dos certificaciones en la descripción del requisito, pero luego la recurrente lo caracteriza como tres, diferencia que amerita verificar el texto íntegro del pliego y cómo se aplicaría el requisito a los oferentes.
“En los últimos cinco (5) años, contados previo a la Convocatoria de la licitación, en el ámbito público o privado, el Oferente deberá presentar el listado de los suministros/ventas realizadas de los Bienes objeto de la convocatoria o simila”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Green Cables & Systems, SRLRecurrente; impugna parcialmente el pliego. El documento no consigna una oferta ni una decisión sobre su habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…