Pago único previsto para un servicio con cobertura anual
· hace 8 meses
El documento dispone el pago del 100 % en un solo desembolso, mientras que la cobertura del soporte se extiende por doce meses. Conviene verificar que el pago se efectúe una vez acreditada la activación efectiva del soporte y no como anticipo de prestaciones aún pendientes; el texto no precisa ese momento.
“La renovación del soporte es por un año abarcando el período comprendido desde el 30 de marzo de 2026 hasta el 30 de marzo de 2027 y debe consistir en los siguientes: … Pago único de 100% del monto facturado, una vez la factura haya sido re”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →