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Pliego

04_Especificaciones técnicas (TDR).pdf

[PRESENTAR OFERTA SIN ITBIS] Contratación de los servicios para reconstrucción de aceras y acceso peatonal y vehicular en el perímetro oeste de la manzana en la que se localiza la SB. · Superintendencia de Bancos

Publicado el 22 ene de 202618 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso SUPBANCO-CCC-CP-2026-0002

Lo que dice

Las especificaciones técnicas, actualizadas en enero de 2026, describen la reconstrucción de aceras y accesos mediante dos lotes: obra civil, terminaciones y paisajismo; e instalaciones eléctricas e iluminación. Exigen que los trabajos concluyan en un máximo de 60 días calendario y establecen requisitos técnicos, de experiencia, personal, seguridad y documentación para las ofertas. También indican que se adjudicará un lote a cada uno de dos oferentes, considerando precio, calidad e idoneidad.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Discrecionalidad para revisar y cotizar precios de los contratos

Documento del 22 ene 2026 · hace 8 meses

El documento establece la adjudicación según la oferta más conveniente, pero también atribuye a la entidad la facultad de revisar y cotizar los precios que regirán cada contrato, sin precisar el método, los límites ni cómo se aplicaría a las ofertas. Esa cláusula puede afectar la previsibilidad del precio y la aplicación uniforme de los criterios de adjudicación.

“La adjudicación será realizada en favor de los dos (2) oferentes cuyas ofertas sean las más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad de los oferentes. La entidad contr”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones acumuladas podrían restringir la oferta de luminarias

Documento del 22 ene 2026 · hace 8 meses

Para las luminarias se exige que sean iguales a las instaladas y se fija una combinación de dimensiones, distribución fotométrica y certificaciones específicas. Aunque la compatibilidad con las instalaciones existentes puede justificar algunas condiciones, conviene verificar si la combinación admite productos equivalentes y de distintos fabricantes; el documento no indica expresamente equivalencia para estas luminarias.

“1.10 Luminaria tipo 1 (igual a las instaladas en resto de la manzana) ... Dimensiones (AxBxC): 504x140x504 mm ... Certificaciones: ENEC, ENEC Plus, ETL/UTL, Dark Sky FriendlyLighting IDA, Zhaga-D4i.I75”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia y referencias exigidas pueden limitar la participación

Documento del 22 ene 2026 · hace 8 meses

Para cada lote se exige acreditar al menos cinco servicios de naturaleza y monto similar o superior realizados en los últimos ocho años, además de tres cartas de referencia de clientes diferentes. Por la cuantía estimada de cada lote, conviene comprobar que estos requisitos acumulados sean proporcionales y no reduzcan innecesariamente la concurrencia.

“Los oferentes deben demostrar experiencia en trabajos de naturaleza y monto similar o superior, que incluyan construcción de aceras, edificaciones residenciales y comerciales, remodelaciones, demoliciones, excavaciones y áreas afines al alc”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (44)

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  • 02. Certificación de Apropiación.pdfCertificación de fondos · 22 ene de 2026
  • 02.1. Presupuesto reconstrucción aceras perímetro oeste manzana SB_Lote I.pdfDocumento · 22 ene de 2026
  • 02.2 Presupuesto reconstrucción aceras perímetro oeste manzana SB_Lote II.pdfDocumento · 22 ene de 2026
  • 03. Convocatoria.pdfDocumento · 22 ene de 2026
  • 05. Planos reconstruccion aceras perimetro oeste manzana SB.pdfDocumento · 22 ene de 2026
  • 06_Informe_de_Estudios_Previos_aceras_.pdfEstudio previo · 22 ene de 2026 · 1 señal
  • 07. Matriz_Gestion_de_Riesgo_- (1).pdfDocumento · 22 ene de 2026
  • 08. Pliego de condiciones SUPBANCO-CCC-CP-2026-0002.pdfPliego · 22 ene de 2026 · 5 señales
  • 09. Acto_de_inicio_SUPBANCO-CCC-CP-2026-0002.pdf

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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