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Abriendo la ficha…

Circular

Circular y fichas.pdf

Adquisición de Herramientas y Materiales, requeridos por la Dirección de Gestión de Proyectos de Edesur Dominicana, S.A. · Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur

Publicado el 22 ene de 2026Fechado el 19 ene de 202625 páginasEn el mensaje «Circular y fichas»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso EDESUR-CCC-LPN-2025-0044

Lo que dice

La Circular núm. 01, de fecha 2026-01-20, responde 61 consultas de la licitación EDESUR-CCC-LPN-2025-0044 y aclara o modifica especificaciones técnicas de varios lotes. Entre otras decisiones, acepta equivalencias para herramientas aisladas, equipos de medición y diferenciales; mantiene ciertos requisitos de seguridad y precisa que las muestras pueden ser más antiguas que el límite del pliego, pero que los bienes entregados deberán cumplirlo. El proceso tiene un monto estimado de RD$74,111,830.26 y, según el portal, fue declarado desierto.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (2)

A revisarHallazgo en documentos

Dos respuestas incompatibles para el ítem 81 del Lote I

Documento del 22 ene 2026 · hace 8 meses

La respuesta a la pregunta 17 acepta llaves tipo box-end como equivalentes al juego de llaves combinadas del ítem 81, pero la respuesta a la pregunta 47 exige que cada pieza tenga boca abierta en un extremo y boca cerrada estriada en el otro. La diferencia afecta qué ofertas podrían considerarse conformes y requiere aclaración antes de evaluar.

“En consecuencia, se aceptarán como equivalentes técnicos y funcionales las llaves tipo box end aisladas a 1000 V, certificadas IEC/EN 60900 / ASTM F1505 / NFPA 70E, siempre que cumplan con marcado exterior 1000 V, doble aislamiento y condic”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La circular deja sin definir la alzada del diferencial de 3 toneladas

Documento del 22 ene 2026 · hace 8 meses

Ante la consulta de si se requieren 10 pies o 10 metros, la respuesta no elige una medida y pide que se defina expresamente. Esa diferencia técnica y económica puede impedir comparar las ofertas sobre una prestación común.

“Asimismo, se solicita definir expresamente la alzada requerida, precisando si corresponde a 10 pies (≈3.0 m, estándar de mercado) o a 10 metros, dado que ambas configuraciones implican diferencias técnicas y económicas relevantes.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Cambios que introduce (13)

SecciónAntesDespuésEfecto
Lote III, ítem 39 — cámara termográficaAceptación de lente teleobjetivo como equivalenciaLa ficha establecía IFOV de 0.65 mrad y distancia mínima de enfoque de 45 cm.Se acepta lente teleobjetivo de campo aproximado de 14°, con IFOV efectivo estimado de 0.5-0.55 mrad y enfoque a 45 cm.Aclara
Lote I, ítems 18 y 19 — pinzas aisladasLongitud y configuración de las pinzasLongitud mínima de 7 pulgadas; para el ítem 19 se pedía punta plana.Se aceptan pinzas de 8 pulgadas y, para el ítem 19, también la versión de punta larga con corte, sujeta a las normas y condiciones de seguridad indicadas.Relaja
Lote I, ítems 50 y 60 — destornillador y pinza aisladosInterpretación de norma, longitud y tipologíaSe exigían las referencias normativas y dimensiones descritas en el pliego, incluida una longitud total de 6 pulgadas para el destornillador del ítem 50; el ítem 60 mezclaba dos tipologías de pinza.Se acepta EN/IEC 60900 como norma suficiente para el ítem 50 y se interpreta 6 pulgadas como mínimo comercial; para el ítem 60 se distinguen pinza de punta curva y pinza ajustable multiposición, con requisitos diferenciados.Relaja
Lote I, ítems 68, 81 y 95 — juegos de llaves aisladasEquivalencias de normas y configuraciones de llavesSe describían juegos de llaves españolas o combinadas aisladas y referencias normativas específicas.Se aceptan EN/IEC 60900 y ASTM F1505 con marcado de 1000 V; para los ítems 81 y 95 se admiten configuraciones tipo box-end o boca fija como equivalentes, aunque otra respuesta de la circular mantiene la configuración combinada para el ítem 81.Relaja
Lote I, ítems 98 y 105 — herramientas aisladasAceptación de longitudes mayoresLas fichas fijaban las dimensiones originales para los destornilladores y el alicate articulado.Se aceptan destornilladores planos de 5.5 x 125 mm y 6.5 x 150 mm, y un alicate articulado de 9.5 pulgadas, si cumplen las normas y condiciones de seguridad establecidas.Relaja
Lote II, ítems 7, 17 y 23; Lote III, ítem 41Peso y alzada de diferenciales y sonómetroEl pliego establecía valores de peso y alzada para los equipos; para el diferencial de 2 toneladas se menciona una alzada de 1.5 m y para el sonómetro un peso referencial de 230 g.Se aceptan diferenciales de 2 toneladas con alzada de al menos 3 m y peso superior a 14 kg; se aceptan pesos mayores para diferenciales de 3 toneladas y de 1.5 toneladas, y un sonómetro de aproximadamente 310 g.

Otros documentos del proceso (33)

  • 484-2025 Acta de inicio Herramientas y Materiales OCR.pdfInforme pericial · 15 dic de 2025 · 1 señal
  • Cetificacion de Aprocpiación OCR.pdfCertificación de fondos · 15 dic de 2025 · 2 señales
  • Convocatoria OCR.pdfDocumento · 15 dic de 2025
  • Solicitud de Compras OCR.pdfSolicitud de compra · 15 dic de 2025 · 1 señal
  • Anexos.zipDocumento · 15 dic de 2025
  • Pliego Condiciones Específicas_ocred.pdfPliego · 15 dic de 2025 · 7 señales
  • 484-2025 Acta de inicio Herramientas y Materiales OCR.pdfPliego · 15 dic de 2025
  • Publicaciones en los periódicos Nacionales.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Anexos al pliego.zipPliego · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 1.1_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 1.2_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Relaja
Requisito de fecha de fabricación de muestrasAntigüedad de las muestras presentadasLas especificaciones indicaban un tiempo máximo de fabricación para los equipos.Se aceptan muestras con fecha de fabricación mayor a la exigida para evaluar su funcionamiento; los equipos entregados si hay adjudicación deben cumplir estrictamente el límite del pliego.Relaja
Lote II, ítem 15 — detector de fugas de SF6Modelo descontinuado y equivalenciaLa consulta indica que las características del pliego correspondían al FLUKE Ti450 SF6, ya descontinuado.Se acepta presentar equipos equivalentes vigentes, incluido el FLIR GF306, si cumplen las características, ofrecen soporte del fabricante y aseguran la funcionalidad requerida.Relaja
Lotes II y III — cables de prueba y normas de instrumentosSustitución de referencias comerciales y normasSe citaba el modelo TL-75 y, para determinados instrumentos, la norma IEC 61243-1.TL-75 se considera ilustrativo y se aceptan cables equivalentes con IEC 61010-1 y clasificaciones CAT III y CAT IV; para los instrumentos señalados se aceptan normas IEC 61010-1:2010, IEC 61010-2-032:2012 e IEC 61010-2-033:2012 en sustitución de IEC 61243-1.Relaja
Lote II, ítem 25 — miliamperímetroRango superior de medición de resistenciaEl pliego establecía el rango de medición de resistencia original, sin que la circular indique aquí su valor superior.Se acepta un rango superior de 50 MΩ, manteniendo inalterados los demás rangos y exactitudes señalados en la consulta.Relaja
Lote II, ítem 7 — diferencial manual de 3 toneladasAlzada requeridaLa consulta identifica una alzada ambigua entre 10 pies (aproximadamente 3 m) y 10 metros.La respuesta solicita definir expresamente cuál alzada se requiere, sin resolver en la circular si son 10 pies o 10 metros.Aclara
Lote I, pértiga de 40 piesEquivalencia de longitud en sistema métricoSe solicitaban 40 pies.Se acepta una pértiga de 12 metros como longitud normalizada más cercana y equivalente.Aclara
Lote II, ítem 25 — miliamperímetro; Lote II, ítem 39 — cámaraPrecisión de especificacionesLa consulta solicitaba aclarar el rango superior de resistencia y la frecuencia de operación de la cámara.Se fija el rango superior de resistencia en 50 MΩ y se especifica una frecuencia de operación de 30 Hz para la cámara termográfica del ítem 39 del Lote II.Aclara
Ficha Lote 1.3_ocred.pdf
Documento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 1.4_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 1.5_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 2.1_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 2.2_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 3.1_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 3.2_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 3.3_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 4_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 5_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Ficha Lote 6_ocred.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Publicaciones en los periódicos Nacionales.pdfDocumento · 16 dic de 2025
  • Anexos al pliego.zipPliego · 16 dic de 2025
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  • Notificación de Recurso de Apelación TDP Dominicana.pdfReconsideración · 8 jun de 2026 · 1 señal
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