La Enmienda núm. 2, emitida el 19 de enero de 2026 para el proceso ARS SENASA-CCC-LPN-2025-0016, modifica el plazo de entrega aplicable a las MIPYMES: deben iniciar inmediatamente después del pago del anticipo y completar la entrega en un máximo de 30 días hábiles. También traduce al español las especificaciones técnicas y dispone desglosar por ítems el valor referencial declarado de RD$37,720,382.03.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Pliego, numeral 6, p. 35Plazo de entrega para MIPYMES | El plazo general era iniciar la entrega en un máximo de 15 días hábiles desde la formalización del contrato y concluirla en un máximo de 45 días hábiles. | Para MIPYMES, la entrega debe iniciar inmediatamente después del pago del anticipo y concluir en un máximo de 30 días hábiles; se mantiene el plazo general para los demás proveedores. | Endurece |
| Pliego, numeral 3, pp. 6-34Idioma de las especificaciones técnicas | Algunas especificaciones de los ítems contenían requerimientos en inglés. | Se traducen al español las palabras que estaban en inglés en las especificaciones técnicas de todos los ítems. | Aclara |
| Pliego, numeral 4, p. 35Desglose del valor referencial | El valor referencial total declarado era RD$37,720,382.03, incluidos impuestos, sin indicar en esta disposición que se desglosaría por ítems. | Se conserva el valor referencial total declarado de RD$37,720,382.03 y se dispone su desglose por ítems. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona