El Acta núm. 002-2026, fechada el 8 de enero de 2026, adjudica a Estación de Servicios Coral, SRL, los lotes 1 y 2 por RD$40,000,000.00. Consigna que Coral fue la única empresa habilitada para la apertura de ofertas económicas y cita una certificación de apropiación presupuestaria de RD$7,000,000.00.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta está fechada el 8 de enero de 2026 y adjudica a Coral; el portal registra para esa empresa un contrato activo, confirmado y enviado el 26 de diciembre de 2025. La secuencia amerita verificar las fechas efectivas de adjudicación y formalización; el registro del portal podría reflejar una fecha o actualización distinta.
“siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.) del día ocho (08) del mes de enero del año dos mil veintiséis (2026) … TERCERO: ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa ESTACIÓN DE SERVICIOS CORAL, SRL, los lotes 1 y 2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Aunque el portal registra cuatro ofertas por RD$40,000,000 cada una, el acta consigna que Coral fue la única habilitada y le adjudica los dos lotes por RD$40,000,000. La decisión concreta concentra toda la adjudicación en una sola empresa; el acta no explica en este pasaje los motivos individuales por los que las otras ofertas no fueron habilitadas.
“Que la empresa ESTACIÓN DE SERVICIOS CORAL, SRL, fue la única empresa que resulto habilitada para la Apertura y Lectura de las Propuestas económicas “Sobre B”. … ADJUDICAR como al efecto ADJUDICA, a la empresa ESTACIÓN DE SERVICIOS CORAL, S”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$40.4 millones
La tabla del lote 2 consigna un precio unitario de RD$40,398,670.13 y un monto total de RD$20,000,000.00. La diferencia no se explica en la tabla; conviene comprobar si se trata de un error de transcripción o de una base de cálculo distinta.
“2 ADQUISICIÓN DE TICKETS DE COMBUSTIBLE PARA DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN DEL SNS 1 Unidad RD$40,398,670.13 - RD$20,000,000.00”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona