La Circular No. 1, fechada el 30 de diciembre de 2025, responde consultas sobre la carga de ofertas, la ubicación de la visita y la denominación territorial del proyecto, y aclara requisitos del pliego para acreditar experiencia. Indica que las órdenes de servicio no equivalen a contratos para ese fin y que un parque mirador con parador fotográfico puede contar como experiencia si se acredita que cumple el alcance de obras similares.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Acreditación de experienciaDocumentación y experiencia en obras similares | La circular remite al pliego y no reproduce íntegramente el texto previo de todos los requisitos de experiencia. | Aclara que las órdenes de servicio no equivalen a contratos; exige contrato y certificación de recepción satisfactoria para acreditar obras, y admite un parque mirador con parador si demuestra características y alcance similares. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona