La certificación documenta solo el 20 % inicial
· hace 9 meses
El documento certifica RD$1,061,000 como 20 % inicial, frente al monto estimado de RD$5,304,582.70 registrado para el proceso. El artículo 69 del Reglamento 416-23 requiere saldo suficiente para cubrir el monto total que se pagará durante el año; corresponde verificar la cobertura del saldo, aunque este documento no permite descartar que exista otra certificación o que los pagos restantes correspondan a otro ejercicio.
“CERTIFICACION DEL 20% DEL INICIAL PARA LA CONSTRUCCION DE DRENAJE DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES Y CONSTRUCCION DE ENCACHE EN EL CALLEJON LA FE PROXIMO A LA SECTOR LA PIÑA EN LA REGION SUR I Y SUR II PRESUPUESTO : UN MILLON SESENTA Y UN MI”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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