La circular del proceso CORAASAN-CCC-CP-2025-0030 responde consultas sobre la rehabilitación de tanques: aclara que los cronogramas más breves no reciben puntaje adicional y que la evaluación seguirá el criterio Cumple/No Cumple. También precisa condiciones sobre experiencia directa como contratista principal, garantías de materiales y desempates; no consigna fecha de emisión, adjudicación ni montos de ofertas.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La respuesta especifica el plan ambiental como preferencia y el sorteo si no se cumple un criterio de desempate, pero no menciona las otras preferencias previstas en el artículo 131 del Reglamento 416-23: contratación de personas con discapacidad y compromiso de subcontratar sectores priorizados. Conviene contrastar esta regla con el pliego y el medio de verificación definido para el desempate.
“En caso de empate entre dos o mas Oferentes/Proponentes, se proceder5 a elegir la oferta que Presente un plan empresarial de responsabilidad para protecci6n del medioambiente en su cadena de producci6n para confirmar el cumplimiento con el ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
La respuesta exige participación efectiva como contratista principal, responsabilidad técnica y ejecución directa, lo que restringe cómo puede acreditarse la experiencia. Debe contrastarse con los requisitos publicados en el pliego, pues la Ley dispone que los requisitos de capacidad se enuncien allí y que no se evalúe con criterios distintos.
“La iexperiencia podr5 acreditarse conforme a lo establecido en el pliego, siempre que el oferente demuestre participaci6n efectiva como contratista principal, responsabilidad t6cnica y ejecuci6n directa en obras de esta naturaleza.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Experiencia del oferenteAcreditación de experiencia en obras similares
La consulta preguntó si la experiencia podía limitarse a contratos ejecutados como contratista principal, excluyendo subcontratos y consorcios sin responsabilidad directa.
La respuesta exige demostrar participación efectiva como contratista principal, responsabilidad técnica y ejecución directa en obras de esta naturaleza.
Endurece
Criterios de desempatePreferencia ambiental y sorteo
La consulta propuso considerar experiencia, metodología, mitigación de riesgos y robustez técnica antes de recurrir al sorteo.
La respuesta establece preferencia para la oferta con plan empresarial de responsabilidad ambiental y, si no se cumple un criterio de preferencia, selección al azar pública.
Aclara
Garantías de materialesEmisor de las garantías de impermeabilización
La consulta preguntó si la garantía de calidad del material debía ser emitida por el fabricante y si la garantía de aplicación debía cubrirla el proveedor.
La respuesta requiere garantía de calidad de los materiales emitida por el fabricante y garantía de calidad de la aplicación emitida por el proveedor.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona