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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego rehabilitacion el tanque de gurabo.pdf

Rehabilitación de Tanques · Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago

Publicado el 4 dic de 202545 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CORAASAN-CCC-CP-2025-0030

Lo que dice

El pliego convoca una Comparación de Precios para rehabilitar los tanques de almacenamiento de la calle Erick Eckman, en Gurabo I, con presupuesto base de RD$111,521,237.65 e incluye un plazo de ejecución de doce meses. Fija evaluación técnica y financiera de cumple/no cumple y adjudicación total al menor precio entre las ofertas habilitadas. También contiene condiciones de participación y reglas económicas que pueden restringir la concurrencia o requieren aclaración sobre su aplicación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Antecedentes penales exigidos a accionistas como requisito habilitante

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego exige certificación de no antecedentes penales para el oferente, representantes, directivos y accionistas con más del 10% del capital, y la evalúa como cumple/no cumple. La exigencia abarca antecedentes sin limitarse a los delitos y condiciones de inhabilidad que enumera la ley, por lo que conviene revisar su proporcionalidad y efecto excluyente.

“Certificación de no antecedentes penales del oferente y/o representante y/o de los directivos, representantes y accionistas/socios principales que representen más del (10%) del capital social, lo cual será verificado en línea por la institu”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 14 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 14

ART. 14. No podrán ser oferentes ni contratar con el Estado las siguientes personas: 1) El Presidente y Vicepresidente de la República; los Secretarios y Subsecretarios de Estado; los Senadores y Diputados del Congreso de la República; los Magistrados de la Suprema Corte de Justicia, de los demás tribunales del orden judicial, de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral; los Síndicos y Regidores de los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional; el Contralor General de la República y el Subcontralor; el Director de Presupuesto y Subdirector; el Director Nacional de Planificación y el Subdirector; el Procurador General de la República y los demás miembros del…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Exclusión general de empresas con accionistas comunes

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego impide que participen simultáneamente empresas que coincidan en alguno de sus socios, sin distinguir si son entidades económicamente independientes ni exigir que se compruebe coordinación entre sus ofertas. La regla puede excluir competidores distintos por la sola existencia de un accionista común.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, los participantes que posean esta condición deben elegir ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal

Rango económico del 10% puede excluir ofertas por superar el presupuesto

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego contempla descalificar propuestas por precios más de 10% inferiores y también refiere ofertas anormalmente altas, además de exigir que el precio esté dentro del rango del presupuesto. El artículo 130 del Reglamento regula la descalificación por precio no sustentable o temerario anormalmente bajo; conviene verificar cómo se aplicaría el límite superior y si una oferta por encima del presupuesto se descartaría sin atender la apropiación disponible y la evaluación de su precio.

“Institución podrá evaluar la sustentabilidad económica de una propuesta y descalificar por considerar el precio no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo o alto. Una propuesta económica podrá descalificarse bajo la condición exp”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

ContextoHallazgo en documentos

Retención de 5% para supervisión sin mecanismo suficientemente definido

Documento del 4 dic 2025 · hace 10 meses

El pliego permite retener el 5% del costo de la obra para pagar personal técnico de supervisión, pero indica que se imputará a costos indirectos del presupuesto o a otra fuente previamente estipulada sin precisar cómo se determina la retención ni cómo se evita duplicar un costo ya presupuestado. Por su impacto potencial en los pagos y en la comparación de precios, conviene verificar su cálculo y tratamiento contractual.

“La CORAASAN podrá retener, el cinco (5%) de retención del costo de la obra para el pago del personal técnico que inspeccionará y supervisará permanentemente la obra, será imputado en cada pago al valor agregado en los costos indirectos del ”
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Otros documentos del proceso (17)

  • 1. Código de Ética de la CORAASAN.pdfDocumento · 26 nov de 2025
  • 2. D-COR-13 Compromiso con el Código de Ética de la CORAASAN.docxDocumento · 26 nov de 2025
  • 3. Formulario de compromiso ético DGCP.docxDocumento · 26 nov de 2025
  • 4. SNCC_C023 Contrato Para Bienes. Rev PNP 19.3.2024.docxContrato · 26 nov de 2025
  • 8. SNCC_F033 Formulario De Oferta Económica.docxDocumento · 26 nov de 2025
  • 9. SNCC_F034 Formulario Presentación de Oferta.docxDocumento · 26 nov de 2025
  • 12. SNCC_F042 Informacion Del Oferente.docxDocumento · 26 nov de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 26 nov de 2025 · 1 señal
  • ACTA DE APROBACIÓN DE LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN.pdfInforme pericial · 28 nov de 2025
  • ACTA DE APROBACIÓN DE LAS BASES DE CONTRATACIÓN.pdfPliego · 28 nov de 2025
  • Especificaciones Tecnicas Rehabilitacion Tanque Gurabo 1 y 2 rev 24-11-2025.docxPliego · 2 dic de 2025

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  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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  • L.C. REHABILITACION TANQUE ALMACENAMIENTO Y REGULADOR AGUA POTABLE GURABO 1 Y 2 REV 24-11-2025.xlsxDocumento · 2 dic de 2025
  • ACTA DE APROBACIÓN DE LA MODALIDAD - ENMIENDA.pdfEnmienda · 10 dic de 2025 · 1 señal
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  • Enmienda 001.pdfEnmienda · 17 dic de 2025
  • Circular de Respuestas.pdfCircular · 17 dic de 2025 · 2 señales
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ERROR HUMANO.pdfDocumento · 14 abr de 2026