La resolución atribuye al Reglamento 416-23 textos de otra reglamentación
· hace 10 meses
La resolución identifica como fundamento los artículos 3 y 4 del Reglamento 416-23, pero los pasajes citados no coinciden con la regulación de exclusividad de ese reglamento. El artículo 54 del 416-23 establece que la exclusividad se aplica a un máximo de cinco proveedores acreditados y requiere resolución motivada sustentada en informe pericial; conviene verificar la base normativa empleada para aprobar el procedimiento.
““Que, para satisfacer la necesidad presentada, El Servicio Regional de Salud Ozama (SRSO) se ampara en los artículos 3, numeral 5; y 4, numerales 3 y 6, correspondiente al Reglamento de Aplicación , de la Ley de Compras y Contrataciones Púb”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
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