El reparto adjudicado se aparta del límite de un ítem por oferente
· hace 10 meses
El acta cita que cada oferente solo podía recibir un ítem, salvo que hubiera un único oferente hábil, pero adjudica dos ítems a Centro Cuesta Nacional y dos a Plaza Lama, por RD$58,333,000 a cada una. El acta justifica el reparto aplicando el límite por categoría; sin embargo, también consigna que participaron dos oferentes habilitados en los ítems 4 y 5, lo que no corresponde al supuesto de un único oferente hábil que cita como excepción. El total de las adjudicaciones sí coincide con el presupuesto estimado.
“Asimismo, el Pliego dispone que “Cada oferente solo podrá resultar adjudicatario en un (1) ítem” y que, si un oferente resulta ser el de menor precio en más de un ítem, la adjudicación únicamente podrá otorgársele en uno de ellos”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.