El pliego establece las condiciones para adquirir vales canjeables destinados a la asistencia humanitaria por la tormenta tropical Melissa, con un presupuesto estimado de RD$149,999,000 y cinco ítems. Fija ofertas en formato físico, entrega en una única entrega dentro de 48 horas desde la notificación de adjudicación y criterios de evaluación y adjudicación por ítem. El cronograma prevé publicación el 14 de noviembre de 2025, recepción de ofertas el 21 de noviembre y adjudicación el 5 de diciembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige una única entrega de todos los bienes en 48 horas desde la notificación de la adjudicación. Por el volumen y las especificaciones de seguridad, el plazo podría favorecer a proveedores que ya dispongan de capacidad de emisión y logística; conviene verificar su proporcionalidad con la necesidad de respuesta inmediata y la oferta disponible en el mercado.
“La totalidad de los bienes deberán entregarse en un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas en una ÚNICA ENTREGA luego de haber recibido la notificación de la Adjudicación.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Aunque el objeto se vincula a los daños de la tormenta Melissa, el pliego también reserva el uso de los vales para cualquier otra emergencia, alerta roja o catástrofe. Esa amplitud puede dificultar la trazabilidad de la distribución y comprobar que los bienes adquiridos atienden la necesidad concreta que sustentó el procedimiento.
“La Entidad Contratante se reserva la facultad de disponer de los bienes adquiridos, en estricto apego a los principios de transparencia, razonabilidad y eficiencia en el uso de los recursos públicos, a fin de atender las necesidades inmedia”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Entre la publicación del 14 de noviembre y la recepción del 21 de noviembre transcurren siete días calendario. Aunque se trata de una excepción por emergencia y no hay aquí un mínimo fijo de convocatoria, el plazo merece revisión por su proporcionalidad frente a cinco ítems, ofertas físicas y documentación financiera de dos ejercicios.
“1. Publicación del aviso de convocatoria en el SECP y en el portal web institucional 14 … 11/2025 17:00 4. Presentación de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) 21/11/2025 10:00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 46 · Reglamento 416-23, art. 148 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 46 — Casos de excepción
Artículo 46. Casos de excepción. Serán considerados casos de excepción, y no una violación a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, los procedimientos que se realicen mediante selección competitiva o directa, para dar respuesta a los casos, circunstancias, situaciones y condiciones especiales indicadas en el párrafo del artículo 6 de la referida ley, siempre y cuando se realicen de conformidad con lo establecido en el presente reglamento, y los manuales, guías, políticas y orientaciones normativas que emita la Dirección General de Contrataciones Públicas. Los procedimientos de selección por excepción se justifican: 1. Por situaciones de seguridad nacional. 2. Por situaciones de emergencia…
Reglamento 416-23, artículo 148 — De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción
Artículo 148. De la publicidad, convocatoria y plazos de los procedimientos de excepción. Los procedimientos de excepción establecidos por la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento se ejecutarán mediante el SECP. Salvo la excepción por seguridad nacional, todo ciudadano podrá consultar los procedimientos de excepción a través de esta herramienta tecnológica. Párrafo I. La convocatoria de los procedimientos por selección competitiva será pública, abierta y se ejecutará mediante el SECP, salvo el procedimiento de seguridad nacional que se realizará mediante invitación cerrada. Párrafo II. En los procedimientos por selección directa, la gestión documental de todas las…
El pliego clasifica el procedimiento como “Papel fantasía” y exige que el RPE incluya actividad de productos de papel, aunque los vales se destinarán a compras variadas de alimentos, artículos del hogar y materiales de construcción. La correspondencia entre esa actividad registral y la capacidad real de emitir y aceptar los vales podría limitar la participación de proveedores pertinentes.
“El procedimiento ha sido clasificado bajo el rubro (clase) – Papel fantasía, correspondiente a la familia , por lo que los oferentes interesados deberán contar con la actividad comercial – Productos de papel registrada en su Registro de Pro”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego excluye la presentación electrónica y exige entrega física de los dos sobres. La regla merece revisión porque el Reglamento reconoce ambos formatos con igual validez y la exigencia presencial puede reducir el acceso de potenciales oferentes, especialmente en una convocatoria de plazo breve.
“La presentación de las Ofertas Técnicas (Sobre A) y Ofertas Económicas (Sobre B) deberá realizarse exclusivamente en formato físico ante la institución contratante”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Grupo Ramos, S.A.Adjudicatario del ítem 1, según los resultados del proceso consignados en el contexto del portal y las actas anteriores.
Adjudicado
Ítem 1
RD$33,333,000
Centro Cuesta Nacional, S.A.S.Adjudicatario de los ítems 2 y 4, según los resultados del proceso consignados en el contexto del portal y las actas anteriores.
Adjudicado
Ítems 2 y 4
RD$58,333,000
Plaza Lama, S.A.Adjudicatario de los ítems 3 y 5, según los resultados del proceso consignados en el contexto del portal y las actas anteriores.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona