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Abriendo la ficha…

Enmienda · Acta MIVHED/CCC/2025/272

PLIEGO ENMENDADO LPN-2025-0025.pdf

CONSTRUCCIÓN Y REMODELACIÓN DE EDIFICACIONES PARA EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA Y EL INSTITUTO DE INNOVACIÓN, BIOTECNOLOGIA E INDUSTRIA (IIBI) · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 27 nov de 202553 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-LPN-2025-0025

Lo que dice

El pliego enmendado regula una licitación pública nacional en un único lote para construir y remodelar edificaciones del Ministerio de Interior y Policía y del IIBI, con presupuesto referencial de RD$652,520,110.73 y plazo máximo de ejecución de 18 meses. Reprograma la recepción de ofertas al 10 de diciembre de 2025 y fija la adjudicación hasta el 30 de enero de 2026 y la suscripción del contrato hasta el 20 de febrero de 2026. El documento, fechado solo en noviembre de 2025, incorpora requisitos de capacidad financiera, experiencia y equipos para los oferentes.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$195.8 millones

Capacidad financiera exige crédito por cerca de RD$195.76 millones

Documento del 27 nov 2025 · hace 10 meses

Para empresas grandes, el pliego exige cartas bancarias por al menos el 30% del presupuesto del lote, equivalente a aproximadamente RD$195.76 millones, además de estados financieros de dos períodos y certificaciones de crédito de suplidores. Por el monto y la naturaleza acumulativa de estas exigencias, conviene revisar si fueron justificadas y proporcionales a la ejecución prevista.

“Dichas cartas no pueden ser por valores inferiores a: (i) Para las grandes empresas, el treinta por ciento (30%) del presupuesto de referencia del lote en el que participa y (ii) Para las MIPYMES, el quince por ciento (15%) del presupuesto ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

El pliego restringe a garantía bancaria el fiel cumplimiento no MIPYME

Documento del 27 nov 2025 · hace 10 meses

Para adjudicatarios que no sean MIPYMES, el pliego describe la garantía de fiel cumplimiento como bancaria, mientras que el reglamento admite como modalidades la garantía bancaria y la póliza de seguro. La restricción puede limitar las opciones de garantía y merece verificarse frente a las reglas aplicables al procedimiento.

“corresponderá al adjudicatario(a) presentar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles una garantía de tipo Garantía Bancaria emitida por una Entidad Bancaria Aceptable”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías

Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…

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A revisarHallazgo en documentos

El límite inferior de la oferta aparece expresado de dos formas distintas

Documento del 27 nov 2025 · hace 10 meses

En una sección, el pliego dice que la oferta no puede ser inferior al 10% del valor estimado; en otra, describe como temeraria la oferta inferior en más de un 10% respecto del presupuesto. La diferencia de redacción puede producir interpretaciones distintas sobre el umbral de revisión o rechazo y conviene confirmar cuál regla se aplicó.

“La Oferta Económica y el presupuesto propuesto por el Oferente/Proponente, no puede superar en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del valor estimado para cada lote a contratar, ni ser inferior al DIEZ POR CIENTO (10%) del mismo, por esto últim”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

Cambios que introduce (1)

SecciónAntesDespuésEfecto
Cronograma de actividadesRecepción de ofertas y etapas posterioresLa recepción de ofertas estaba prevista para el 4 de diciembre de 2025 y la adjudicación hasta el 19 de enero de 2026.La recepción se fija para el 10 de diciembre de 2025; la adjudicación, hasta el 30 de enero de 2026, y la suscripción del contrato, hasta el 20 de febrero de 2026.Relaja

Otros documentos del proceso (37)

  • CONVOCATORIA - MIVHED-CCC-LPN-2025-0025.pdfDocumento · 16 oct de 2025
  • ANEXOS OBRAS.zipDocumento · 16 oct de 2025
  • FORMULARIOS ANEXOS.zipDocumento · 16 oct de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 16 oct de 2025 · 1 señal
  • Declaración Jurada de Cumplimiento MIVHED-CCC-LPN-2025-0025.docxDocumento · 16 oct de 2025
  • Declaración jurada MIVHED-CCC-LPN-2025-0025.docxDocumento · 16 oct de 2025
  • MODELO DE CERTIFICACION DE CREDITO.docxDocumento · 16 oct de 2025
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2025-0025.pdfInforme pericial · 16 oct de 2025
  • Resolución de Inicio MIVHED-CCC-LPN-2025-0025.pdfPliego · 16 oct de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES MIVHED-LPN-2025-0025 .pdfPliego · 16 oct de 2025 · 5 señales
  • PERIODICOS.zipDocumento · 17 oct de 2025

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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ANEXOS OBRAS.zip
Documento · 21 oct de 2025
  • CIRCULAR DE RESPUESTA MIVHED-LPN-2025-0025.pdfCircular · 25 nov de 2025
  • PLANOS ACTUALIZADOS.zipDocumento · 25 nov de 2025
  • Plantilla de Presupuesto MIP - IIBI.xlsxDocumento · 25 nov de 2025
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  • CIRCULAR DE HABILITACIÓN SANTIAGO Y PEÑA.pdfCircular · 19 mar de 2026 · 1 señal
  • INFORME DE REEVALUACIÓN.pdfInforme de evaluación · 19 mar de 2026 · 1 señal
  • Notificacion de acto administrativo Constructora Santiago & Peña.pdfDocumento · 19 mar de 2026
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  • Resolución de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 1 abr de 2026 · 2 señales
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  • Informe definitivo LPN-2025-0025.pdfInforme de evaluación · —
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  • Preventivo Constructora Santiago & Peña.pdfDocumento · —
  • Resolución de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —