El Acto Administrativo núm. 05-0001-2025, de 2025-11-18, modifica la distribución de los lotes: mantiene el Lote 1 para El Molino Deportivo y el Lote 2 para YDAPP, y asigna también a YDAPP el Lote 3 tras las renuncias de Tropicana y El Molino que consigna el acta. Para el Lote 3 registra una adjudicación a YDAPP por RD$15,873,628.60, frente a la adjudicación original a Tropicana por RD$15,689,929.48. El acta dispone publicar la modificación en el portal transaccional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que YDAPP no presentó la oferta más económica y adjudica el Lote 3 a esa empresa por RD$15,873,628.60, RD$183,699.12 más que la adjudicación inicial a Tropicana. Las renuncias de Tropicana y El Molino podrían explicar el cambio, pero el documento no identifica el orden de lugares ocupados ni explica cómo se aplicó la prelación para llegar a YDAPP; conviene cotejarlo con el informe económico y las renuncias.
““...SOLUCIONES & SERVICIOS YDAPP, S.R.L. la cual presenta una oferta en ese lote que no fue la más económica por tal motivo INVERSIONES TROPICANA, S.R.L. salió ganadora por ser la oferta más económica.” “...procedió a adjudicar el lote 3 a ”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 170 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 170 — Orden de prelación para suscripción de contrato
Artículo 170. Orden de prelación para suscripción de contrato. En el supuesto de que no se llegase a suscribir el contrato con el adjudicatario, por causas imputables al mismo, se adjudicará al proveedor en segundo lugar en el reporte de lugares ocupados, y así sucesivamente hasta la suscripción del mismo.
El acta fecha el 25 de agosto de 2025 la aceptación de YDAPP para asumir el Lote 3. Según el cronograma del pliego, la entrega estaba prevista entre el 15 y el 20 de agosto; la secuencia amerita verificar si hubo una modificación formal del plazo y cuál fue la fecha efectiva de entrega, pues el acta afirma que se cumpliría en el tiempo establecido.
““Que en fecha veinticinco (25) del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025), la empresa SOLUCIONES & SERVICIOS YDAPP, S.R.L., responde vía carta de autorización donde acepta cubrir las necesidades del lote 3...” “...ya que es la emp”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 174 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 174 — Obligaciones del proveedor
Artículo 174. Obligaciones del proveedor. En adición a las obligaciones previstas en el artículo 32 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, el pliego de condiciones y la orden de compra, de servicio o contrato, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones: 1. Colaborar con las instituciones contratantes en lo que sea necesario para que el objeto de la contratación se cumpla. 2. Entregar el bien, prestar el servicio y ejecutar las obras con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el pliego de condiciones y el contrato u orden de compra, y conforme a las instrucciones de la institución contratante.
Oferentes que registra (4)
3 adjudicado · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
El Molino Deportivo, S.R.L.El acta conserva la adjudicación del Lote 1 y también consigna que la empresa renunció a la adjudicación del Lote 3.
Adjudicado
Lote 1
RD$15,855,162
Soluciones & Servicios YDAPP, S.R.L.Adjudicataria del Lote 2 y, mediante la modificación del listado, del Lote 3; aceptó asumir este último lote.
Adjudicado
Lote 2
RD$16,347,487
Soluciones & Servicios YDAPP, S.R.L.Adjudicataria del Lote 3 tras las renuncias consignadas; el acta registra que su oferta no había sido la más económica en la evaluación inicial.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona