La Enmienda I del proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0001, fechada el 4 de junio de 2025, modifica requisitos de referencias comerciales y evidencias de crédito, ambos subsanables. También fija condiciones de anticipo y pago, pero incluye formulaciones que no dejan inequívoca la secuencia y el plazo de los pagos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se establece como requisito técnico un mínimo de dos referencias por trabajos de suministro de bienes iguales o similares en los últimos 24 meses. La exigencia es subsanable; merece revisión su proporcionalidad, en particular respecto de MIPYMES con menor trayectoria.
“7) Mínimo dos (2) cartas de referencias comerciales de trabajos ejecutados, en los cuales les haya suministrado los bienes igual o de naturaleza similar a los requeridos en el presente pliego, al menos de los últimos 24 meses de operaciones”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda prevé un anticipo y un pago del saldo tras la recepción, pero también afirma que el 100% se pagará dentro de 30 días hábiles desde la recepción conforme. Conviene aclarar cómo se armonizan ambos plazos y el anticipo, especialmente porque el proceso está reservado a MIPYMES.
“La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será el cual será de un veinte por ciento (20%) del valor del Contrato y este pago se hará en un plazo no mayor de diez (10) días a partir d”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
La enmienda concreta el requisito financiero en un mínimo de tres cartas de disponibilidad de crédito, aunque lo condiciona a «si aplica» y permite subsanarlo. Conviene revisar si la exigencia es proporcional al objeto y si su aplicación permite concurrencia efectiva de MIPYMES.
“4) Como mínimo, tres (3) cartas de evidencias de disponibilidad de crédito de casas comerciales relacionadas a los bienes requeridos en el presente pliego, si aplica, o líneas de crédito de bancos comerciales establecidos en la República Do”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Pliego, numeral 7 del punto 11.1.2Referencias comerciales como documentación técnica
Texto anterior no reproducido en la enmienda.
Exige al menos dos cartas de referencias comerciales por trabajos ejecutados suministrando bienes iguales o similares en los últimos 24 meses; es subsanable.
Neutral
Pliego, numeral 4 del punto 11.1.1, literal bEvidencias de disponibilidad de crédito
Texto anterior no reproducido en la enmienda.
Exige como mínimo tres cartas de disponibilidad de crédito de casas comerciales relacionadas con los bienes, si aplica, o líneas de crédito de bancos comerciales establecidos en RD; aplica a MIPYMES y es subsanable.
Neutral
Pliego, punto 11Anticipo, saldo y plazo de pago
Texto anterior no reproducido en la enmienda.
Prevé un anticipo del 20% y el pago del 80% restante tras entrega y factura; también indica que el 100% se pagará dentro de 30 días hábiles desde la recepción conforme y la factura.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…