Publicado el 2 jul de 2025Fechado el 1 jul de 202520 páginasEn el mensaje «Acta de Habilitación (Oferentes Habilitados y No habilitados) para apertura de Oferta Económica (Sobre B)»
El acta, fechada el 2 de julio de 2025, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso INEFI-CCC-LPN-2025-0001 y habilita a Soluciones & Servicios YDAPP, S.R.L., El Molino Deportivo, S.R.L. e Inversiones Tropicana, S.R.L. para la apertura de sus ofertas económicas en los lotes 1, 2 y 3. El documento identifica a los tres oferentes como cumplidores de los requisitos legales y financieros; no consigna montos ofertados. En la parte resolutiva, sin embargo, denomina el procedimiento como «Comparación de Precios», pese a identificarlo en el resto del acta como Licitación Pública Nacional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aunque el acta y la convocatoria identifican una Licitación Pública Nacional, la resolución ordena continuar las etapas de una Comparación de Precios. El monto estimado del proceso, RD$48,285,718, está por encima del umbral de comparación de precios para bienes de 2025; la contradicción merece verificarse, aunque el documento no demuestra que se haya aplicado una modalidad distinta.
“para la apertura de la Oferta Económica Sobres B, y continuar con las etapas del Procedimiento de Comparación de Precios Referencia INEFI-CCC-LPN-2025-0001.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 39 · Reglamento 416-23, art. 42 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 39 — De la licitación pública
Artículo 39. De la licitación pública. En este procedimiento se realiza un llamado público y abierto para adquirir bienes, servicios y obras cuyo presupuesto estimado de contratación corresponde al umbral superior fijado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las licitaciones públicas pueden ser nacionales o internacionales, según las condiciones establecidas en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona