El Acta CCC-247-2025, de fecha 2025-11-07, aprueba el informe definitivo y adjudica a NAP del Caribe, INC la contratación de operaciones por RD$6,221,521.68, ITBIS incluido. El acta consigna que la propuesta fue presentada el 2025-10-29 y que la empresa cumplió los requerimientos; el portal registra un monto estimado de RD$6,121,117.23 y una apertura el 2025-10-23.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$6,221,521.68, mientras el portal registra un monto estimado de RD$6,121,117.23: una diferencia de RD$100,404.45 (aprox. 1.64%). El acta no explica esa diferencia; conviene contrastarla con el presupuesto base y el análisis de razonabilidad de la cotización, aunque el informe pericial citado pudo tratarla.
“Se adjudica este proceso a NAP DEL CARIBE INC, por un monto total de Seis Millones Doscientos Veintiún Mil Quinientos Veintiún Pesos Dominicanos con 68/100 (RD$6,221,521.68), Itbis incluido, por haber cumplido con todos los requerimientos e”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 161 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 161 — Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa
Artículo 161. Fases comunes de los procedimientos de excepción por selección directa. Los procedimientos de excepción por selección directa inician con el informe pericial que, además de justificar el uso de la excepción, identifican a una persona natural o jurídica recomendando su selección porque cumple o puede cumplir de forma única o más idónea con la necesidad, conforme al interés general. Una vez emitido el informe pericial, se deberán realizar las siguientes actuaciones: 1. Aprobación del procedimiento de excepción y designación de peritos para la evaluación de propuesta y cotización. El Comité de Compras y Contrataciones pondera el informe que justifica la excepción y recomienda al…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El acta sitúa la apertura de las propuestas el 29 de octubre de 2025, pero el cronograma del portal registra el 23 de octubre. La diferencia de seis días amerita verificar si se modificó formalmente el cronograma y si el cambio fue comunicado a los participantes; el portal registra una enmienda el 21 de octubre, que podría explicar la variación si incluyó ese ajuste.
“Que, a raíz de la convocatoria realizada, en fecha veintinueve (29) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), se llevó a cabo el Acto de Apertura de la propuesta Técnica y Económica, a las 12:00 meridiano, en presencia de los miembros ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 117 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 117 — Apertura de las ofertas técnicas
Artículo 117. Apertura de las ofertas técnicas. Una vez agotado el horario de recepción de ofertas, se procederá a la apertura de las ofertas técnicas, mediante acto público en el lugar y hora determinados en el pliego de condiciones del procedimiento. Este acto se realizará en presencia del Comité de Compras y Contrataciones de la institución contratante, el notario público y de todos aquellos interesados en presenciarlo, quienes podrán verificar la cantidad de proponentes que compiten en el procedimiento. Párrafo I. El notario público actuante entregará las ofertas económicas, sin abrir, al titular del área jurídica, quien las mantendrá bajo su custodia y garantizará por los medios que…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
NAP del Caribe, INCEl acta indica que cumplió con todos los requerimientos establecidos en el proceso y acoge la recomendación de los peritos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona