Acceso temporalmente impedido al portal de transparencia
· hace 10 meses
La circular registra que el portal institucional no permitía validar la publicación el 11 de noviembre por mantenimiento. La respuesta indica «Anexo publicación», por lo que el documento no establece que faltara la publicación; conviene verificar el anexo y la disponibilidad de la información en los medios del proceso.
“Hemos podido constatar que al día 11/11/2025; 11:00am, no se puede acceder al portal de transparencia, para validar la publicación del presente proceso, toda vez que el mismo se encuentra en mantenimiento.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →