La enmienda, tratada en reunión del 11 de noviembre de 2025 para el proceso ASDO-CCC-CP-2025-0017, elimina la exigencia de que los contratistas estén domiciliados en [domicilio omitido]. También incorpora precisiones sobre la documentación técnica y una metodología de puntaje con un mínimo de 55 sobre 70 puntos para abrir la oferta económica; el portal registra la enmienda el 14 de noviembre y el cierre de ofertas el 17 de noviembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Suprime la condición de domicilio local como requisito verificable de ubicación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Según el portal, la última enmienda se registró el 14 de noviembre y el cierre de ofertas era el 17 de noviembre de 2025, dejando un margen muy corto para ajustar ofertas a cambios que incluyen un límite de lotes y criterios de puntaje. El artículo 107 del Reglamento 416-23 prevé extender el plazo de forma proporcional cuando una enmienda introduce cambios o nuevos requerimientos; conviene verificar si hubo una extensión no reflejada en el cronograma aportado.
““CADA OFERENTE PODRA PRESENTAR OFERTA POR TRES LOTES” … “La puntuación total asignada a estos criterios es de setenta (70) puntos.””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El proceso estaba dirigido a contratistas domiciliados en [domicilio omitido]
Se admite a contratistas domiciliados en [domicilio omitido]
RelajaQuita un control: Suprime la condición de domicilio local como requisito verificable de ubicación.
Presentación de ofertasLímite de lotes por oferente
El texto de la enmienda no indica cuál era el límite previo.
Cada oferente podrá presentar oferta por tres lotes.
Endurece
Oferta técnicaVinculación de documentos con requisitos
El texto de la enmienda no reproduce la redacción anterior.
Indica que no se soliciten documentos ajenos a acreditar una condición o un requerimiento del pliego y sus especificaciones técnicas.
Aclara
Evaluación técnicaMetodología de puntaje y umbral técnico
El texto de la enmienda no reproduce los criterios anteriores.
La puntuación técnica suma 70 puntos; solo se abrirán las ofertas económicas de quienes cumplan los criterios habilitantes y alcancen al menos 55 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona