Publicado el 12 nov de 2025Fechado el 31 ago de 20256 páginasEn el mensaje «Resolución CCC-094-2025 Aprobación Enmienda No.1 MIDEREC-CCC-LPN-2025-0006 + anexos»
El informe INF-0799/25, fechado el 1 de septiembre de 2025, revisa las especificaciones para la compra de licencias y suscripciones de software de MIDEREC y concluye que cumplen los aspectos requeridos y no se solapan con proyectos de la Agenda Digital 2030. La aprobación indicada tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2025. Entre las cantidades consignadas figuran 400 renovaciones de Microsoft 365 E3 y 400 de Microsoft Teams Essentials.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe de OGTIC consigna 400 renovaciones de Microsoft Teams Essentials, mientras que las especificaciones técnicas del proceso reseñadas en el expediente indican 300 licencias de Microsoft Teams Enterprise. Conviene verificar que la aprobación técnica corresponda al producto y cantidad efectivamente licitados.
“400 Renovacion Microsoft Teams Essentials”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
El informe limita la vigencia de su aprobación al 30 de noviembre de 2025; el portal registra adjudicación el 11 de diciembre de 2025. Conviene verificar si la aprobación seguía cubriendo el proceso y sus especificaciones al momento de adjudicar.
“esta aprobación tiene vigencia hasta el 30 de noviembre 2025.”
El informe repite para varios productos la exigencia de al menos cuatro sesiones de ocho horas para diez personas, impartidas por personal con certificación experta. La duración y repetición de la capacitación podrían elevar costos o limitar proveedores; conviene comprobar su proporcionalidad y si debía aplicarse separadamente a cada producto.
“Se debe incluir una sesión de entrenamiento de la solución completa para 10 personas en No menos de 4 sesiones de 8 horas cada una, impartida por personal con certificación experta en la solución ofertada.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona