El Acta No. 0035-25, fechada el 12 de noviembre de 2025, aprueba la evaluación económica y adjudica a Viajes AGT, S.R.L. los seis ítems del servicio de alojamiento por RD$4,900,000. La decisión indica que la oferta cumplió los requisitos del proceso; los otros tres oferentes quedaron descalificados en la evaluación técnica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra cuatro oferentes participantes, pero solo Viajes AGT quedó habilitado para la apertura y evaluación económica. Esto redujo la competencia efectiva a una propuesta económica; conviene revisar las razones y la aplicación uniforme de los requisitos, sin que el acta por sí sola establezca una irregularidad.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Según el historial aportado del proceso, Viajes AGT tenía siete contratos con INEFI por RD$25,785,253 durante los 24 meses anteriores; esta acta añade una adjudicación de RD$4,900,000. El dato amerita revisar la concentración de contrataciones y la competencia en el período, sin que por sí mismo demuestre una anomalía.
“SEGUNDO: ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: 1- VIAJES AGT, S.R.L., RNC, RPE: 82202, para los ítems 1, 2, 3, 4, 5 y 6 por un monto de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$4,900,000.00)”
En la sección de resultados económicos se indica adjudicar los ítems 1 a 5, aunque el cuadro de precios incluye el ítem 6 y la resolución adjudica expresamente los seis por RD$4,900,000. La parte dispositiva es clara, pero la diferencia deja inconsistente el rastro entre recomendación y decisión.
“VIAJES AGT, S.R.L. | CUMPLE | Adjudicar por los Ítems 1,2,3,4,5 … SEGUNDO: ADJUDICAR como en efecto ADJUDICA al oferente: 1- VIAJES AGT, S.R.L., RNC, RPE: 82202, para los ítems 1, 2, 3, 4, 5 y 6”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Viajes AGT, S.R.L.Adjudicado para los ítems 1, 2, 3, 4, 5 y 6; el acta consigna que cumplió los requisitos legales y financieros.
Adjudicado
Ítems 1, 2, 3, 4, 5 y 6
RD$4,900,000
Inversiones Carafran, S.R.L.El acta refiere falta de firma en el formulario de información, nombre incorrecto en el formulario de oferta y ausencia del rubro correspondiente en el RPE, entre otras observaciones.
Descalificado
Ítems 1, 2, 3, 4 y 5
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Agencia de Viajes Milena Tours, S.R.L.El acta refiere omisiones en formularios y documentos societarios, y falta o insuficiencia de cartas de referencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona