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Abriendo la ficha…

Informe pericial

Pliego de Condiciones INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdf

“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ALMUERZOS PARA COLABORADORES DE LA ONA Y ECI DEL INFOTEP” · Instituto Nacional de formación Técnico Profesional

Publicado el 12 nov de 2025Fechado el 11 nov de 202542 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0029

Lo que dice

El pliego del proceso INFOTEP-CCC-CP-2025-0029 establece una comparación de precios para servicios de almuerzos en ONA y ECI, con presupuesto base de RD$5,600,000 y referencia de RD$350 por plato, para un consumo estimado de 240 a 280 almuerzos diarios durante aproximadamente tres meses o hasta agotar el monto. La convocatoria se publicó el 12 de noviembre de 2025 y el cronograma fijó la recepción de ofertas para el 20 de noviembre. Según el portal, Martínez Torres Traveling, SRL figura adjudicada por RD$5,600,000 y con contrato activo.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Fórmulas contradictorias para evaluar la solvencia financiera

Documento del 12 nov 2025 · hace 11 meses

Las reglas de los índices financieros combinan límites expresados como mayor o menor con desigualdades que los contradicen; en el índice de endeudamiento, por ejemplo, el criterio de cumplimiento aparece asociado a una desigualdad mayor que 1.50, aunque el límite se define como menor. La ambigüedad puede incidir en la habilitación de oferentes.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Criterios de degustación sin parámetros de aprobación definidos

Documento del 12 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego dispone evaluar presentación, higiene, frescura, calidad, sabor y condiciones de entrega, pero en el pasaje citado no establece escalas ni umbrales para determinar cuándo se aprueba la degustación. Como esta etapa interviene en la habilitación técnica, conviene verificar en el resto del pliego si se fijaron parámetros objetivos y uniformes.

“Cada servicio deberá estar empacado y los peritos responsables evaluarán la presentación, higiene, organización, frescura, calidad y sabor de los alimentos. También las condiciones de la entrega.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

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Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

ContextoHallazgo en documentos

Diferencia entre la apertura prevista y la registrada en el portal

Documento del 12 nov 2025 · hace 11 meses

El pliego fija la apertura técnica para el 20 de noviembre de 2025 a las 2:00 p. m., mientras que el cronograma del portal registra la apertura el 21 de noviembre. Conviene verificar si hubo una actualización formal del calendario, pues la discrepancia puede afectar la certeza sobre la fecha aplicable.

“Apertura: jueves, 20 de noviembre de 2025, a las 02:00 p.m.; Lugar: Edificio Corporativo (ECI) del INFOTEP. Miraflores, D.N.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP

Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
Martínez Torres Traveling, SRLEl portal registra el proceso como adjudicado y un contrato activo por este monto.Adjudicado—RD$5,600,000

Otros documentos del proceso (16)

  • Acto Adm. Aprobación INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfPliego · 12 nov de 2025
  • CERTIFICACION APROPIACION P INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfCertificación de fondos · 12 nov de 2025 · 1 señal
  • Pliego de Condiciones INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfPliego · 12 nov de 2025 · 3 señales
  • SOLICITUD DE COMPRAS INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfSolicitud de compra · 12 nov de 2025
  • OFERTA ECONOMICA INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.xlsxDocumento · 12 nov de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docxDocumento · 12 nov de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 12 nov de 2025
  • ENMIENDA I-INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfEnmienda · 18 nov de 2025 · 1 señal
  • Circular Preguntas-Respuestas-INFOTEP-CCC-CP-2025-0029.pdfCircular · 18 nov de 2025 · 1 señal
  • Circular II CP-2025-0029.pdfCircular · 20 nov de 2025
  • Resolución Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 20 ene de 2026

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  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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