La Circular No. 1, de 2025-11-07, responde cinco consultas del proceso de subasta inversa CEIZTUR-CCC-SI-2025-0003. No acepta reducir el requisito de experiencia de cinco años y tres contratos; sobre los plazos de entrega remite a la discrecionalidad institucional. Reitera que las especificaciones técnicas son parámetros mínimos y admite ofertas con características superiores, sujetas a las demás condiciones y al presupuesto referencial.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
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| Respuestas 1, 2.3, 3.1, 4 y 5Interpretación de las especificaciones técnicas | El pliego fijaba las especificaciones técnicas para cada ítem. | La circular aclara que los parámetros se consideran mínimos y que pueden ofertarse características superiores, siempre que se cumplan las demás condiciones y el presupuesto referencial. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona