El pliego establece las bases del proceso TRABAJO-CCC-CP-2025-0022 para readecuar la Representación Local RLT La Romana, en un lote único y con presupuesto base de RD$5,600,000.00, impuestos incluidos. Fija un plazo estimado de ejecución de 60 días hábiles y determina que la adjudicación recaerá en la oferta de menor precio entre las que cumplan los requisitos. También establece condiciones de evaluación, garantías y pagos, incluidas retenciones que ameritan aclaración sobre su aplicación conjunta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija como criterio adjudicar al menor precio entre las ofertas técnicas conformes. Sin embargo, el acta de adjudicación del 9 de diciembre de 2025 registra a Comate por RD$5,040,011.40, mientras que la oferta de Constructora Viasan & Asociados fue RD$5,030,074; el acta atribuye la selección al menor tiempo de entrega, criterio que no aparece en esta regla del pliego. La diferencia de precio es RD$9,937.40 y la selección afecta directamente quién obtuvo el contrato.
“La ADJUDICACIÓN será decidida por Lote Único a favor del (los) oferente (s) que oferte el menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
El pliego contempla una retención del 5 % de cada pago y, además, otra del 5 % del costo de la obra para pagar personal técnico de inspección y supervisión. Aunque les asigna propósitos distintos, no precisa si ambas se aplicarán acumulativamente ni cómo se calculará la segunda; la incertidumbre sobre los importes netos puede afectar la preparación y comparación de ofertas.
“El Ministerio de Trabajo, podrá retener un (5%) de cada pago, como garantía por los trabajos ejecutados y de los salarios de los trabajadores contratados por el Contratista, lo cual le será devuelto a este último, cuando cumpla con los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona