El informe pericial, fechado únicamente en octubre de 2025, recomienda contratar por excepción de proveedor único el arrendamiento de dos locales provinciales y 85 plazas de estacionamiento para la DIDA, en el proceso DIDA-CCC-PEPU-2025-0002. Según los datos del proceso, el monto estimado total es RD$10,203,400; el informe fundamenta la recomendación en la disponibilidad, ubicación, seguridad y adecuación de los espacios.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe afirma que los inmuebles son los únicos disponibles y que los parqueos son los únicos con capacidad y cercanía suficientes, pero no expone datos de búsqueda de mercado, comparación de alternativas ni parámetros concretos que sustenten esas afirmaciones. Conviene verificar el soporte de la exclusividad en el expediente; el artículo 57 exige que se trate de bienes o servicios insustituibles que solo pueda suministrar una persona o que constituyan la única opción en el mercado.
“En el caso de las oficinas provinciales, los inmuebles propuestos son los únicos disponibles que cumplen con las dimensiones, seguridad y accesibilidad requeridas en cada demarcación. Los parqueos solicitados son los únicos con capacidad y ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 149 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
El informe atribuye la excepción al «artículo 6, numeral 3 del Reglamento 416-23», pero el artículo 6 de ese reglamento trata de documentos estandarizados; el procedimiento por proveedor único está regulado en el artículo 57. La cita equivocada hace necesario verificar qué fundamento normativo aprobó efectivamente la selección directa.
“la institución debe realizar la contratación de los servicios de arrendamiento de locales comerciales bajo la modalidad de excepción por proveedor único, conforme al artículo 6, numeral 3 del Reglamento de Aplicación de la Ley 340-06, aprob”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 6 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Artículo 6. Documentos estandarizados. En el marco del ejercicio de función de centralización de las políticas y normas del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, la Dirección General emitirá modelos de pliegos de condiciones y documentos estandarizados que deberán ser utilizados por las instituciones contratantes y los proveedores con el objetivo de universalizar, homologar y unificar los expedientes de los procedimientos de selección. Párrafo. Sin perjuicio del objetivo anterior, no será motivo de descalificación la oferta de un proveedor o motivo de la nulidad de un acto o etapa del procedimiento de selección, el que no se hayan utilizado los documentos estandarizados, siempre que…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona