La Circular No. 001, de fecha 3 de noviembre de 2025, responde 94 consultas de la Licitación Pública Nacional INTRANT-CCC-LPN-2025-0006 y precisa requisitos técnicos y el alcance de la implementación. Entre otras respuestas, mantiene como obligatorios Windows Server 2022 o superior y SQL Server, indica que los seis escáneres forman parte del kit de digitalización y deja aspectos como flujos, indicadores e integraciones para definirse durante el levantamiento. Algunas respuestas presentan diferencias sobre la integración con sistemas institucionales, la correspondencia saliente y el mantenimiento del fabricante.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular confirma que Windows Server 2022 o superior y SQL Server son requisitos vinculantes, aunque las consultas propusieron Linux y otras bases de datos que podrían cumplir las funciones. La exigencia de productos identificados por marca o tecnología específica puede restringir la competencia; el documento remite a la ficha aprobada por OGTIC, pero no expone aquí una justificación técnica comparativa.
“No. Conforme a lo establecido en la Ficha Técnica aprobada por la OGTIC, el sistema debe ser compatible con sistema operativo Windows Server 2022 o versión superior, por lo que, este requerimiento es vinculante. … No. Conforme a lo establec”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Una respuesta dispone identificar sistemas fuente o destino e integrar módulos institucionales existentes; otra afirma que el sistema no se integrará con plataformas del INTRANT. La diferencia puede cambiar alcance, costos y comparabilidad de las ofertas, y deja incierto qué integraciones deben incluirse.
“Esta capacidad de interoperabilidad deberá permitir la integración con los módulos institucionales existentes. … No. Conforme a lo establecido en la Ficha Técnica aprobada por la OGTIC, el sistema no se integrará a plataformas del INTRANT, ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
La respuesta a la consulta 68 limita a dos años los costos de mantenimiento incluidos por el proveedor, mientras que la respuesta 86 indica que la licencia de hasta diez años incluye actualizaciones y soporte del fabricante. La diferencia puede afectar el precio total y la comparación económica de las ofertas.
“No, conforme a lo establecido en la Ficha Técnica aprobada por la OGTIC, que el proveedor debe incluir los costos de mantenimiento por 2 años. … No. Conforme a lo establecido en la Ficha Técnica aprobada por la OGTIC, el modelo de licenciam”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
La respuesta sobre correspondencia define la implementación como flujos entrantes e internos, pero otra respuesta incluye documentos de correspondencia entrante y saliente entre los que el sistema generará automáticamente. Esta diferencia deja indeterminado si la gestión de correspondencia saliente forma parte del alcance ofertado.
“En este sentido, la gestión de correspondencia a implementar comprende los flujos de correspondencia entrante e interna, garantizando la trazabilidad en la recepción, categorización, asignación dentro de las distintas dependencias instituci”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicas — kit de digitalizaciónCantidad de escáneres incluidos
La ficha técnica resumida en el expediente refiere un kit con un escáner y, además, seis escáneres de alto rendimiento.
La circular aclara que los seis escáneres forman parte del kit, junto con la impresora de códigos de barras; serían seis en total, no siete.
Relaja
Interoperabilidad — sistemas institucionalesIntegración con plataformas del INTRANT
La ficha técnica citada en la circular requiere capacidad de interoperabilidad entre áreas internas y externas, y otra respuesta prevé identificar sistemas institucionales con los que intercambiar información.
La respuesta a la consulta 89 dice que el sistema no se integrará a plataformas del INTRANT y que se limitará a automatizar y dar trazabilidad a transacciones documentales.
Relaja
Firma digitalNecesidad de software de firma digital
La circular indica que el sistema debe tener un modelo de firma digital integrado y ser compatible con la infraestructura gubernamental o certificados de la OGTIC.
Ante la consulta sobre incluir un software de firma digital, la respuesta indica: «No es requerido».
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona