El informe preliminar de evaluación técnica, fechado el 29 de octubre de 2025, revisa las ofertas recibidas el 27 de octubre para la licitación UTEPDA-CCC-LPN-2025-0008. Recomienda solicitar subsanaciones a los tres oferentes: CA Trading & Import Co. y Megaplax presentan observaciones legales y CA también financieras; Inversiones Corporativas PRSV Dominicana registra incumplimientos legales, financieros y técnicos, incluidos aspectos que el informe califica como no subsanables.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (2)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$15.5 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: CA Trading & Import Co., S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El informe identifica que a CA Trading le faltaba en el RPE la actividad comercial exigida para bolsas plásticas y la incluye entre los documentos a subsanar. Dado que el oferente fue adjudicado posteriormente según los antecedentes del proceso, conviene verificar que la actividad habilitante ya se cumplía al presentar la oferta y que la subsanación no incorporó una condición sustantiva adquirida después.
“Documentación a subsanar: 1) Aunque el oferente presentó su constancia del Registro de Proveedor del Estado y además fue verificado en línea, al mismo le falta la actividad comercial (rubros) exigida en los pliegos de condiciones: -Bolsas p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
1 habilitado por vía extraordinaria · 1 no habilitado · 1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CA Trading & Import Co., S.R.L.En esta evaluación preliminar no cumplió requisitos legales y financieros, aunque sí los técnicos; se recomendó subsanar, entre otros, la actividad comercial requerida en el RPE y documentos societarios y financieros. Según los antecedentes del proceso, posteriormente fue habilitada tras evaluación extraordinaria y adjudicada.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítems 1 y 2
RD$15,522,074
Inversiones Corporativas PRSV Dominicana, S.R.L.El informe preliminar registra incumplimientos legales y financieros, y documentación técnica no conforme; califica como no subsanables las fichas, el catálogo, el crédito ofrecido y las muestras.
No habilitado
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Megaplax, S.R.L.El informe preliminar registra que cumplió los requisitos financieros y técnicos; debía subsanar la falta de copia de identidad de un socio. Los antecedentes del proceso indican que luego fue habilitada para la evaluación económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona