La OGTIC comunica que aprobó la solicitud de asistencia de la DIDA para el proceso de adquisición de una solución de hiperconvergencia, en respuesta al oficio 000988 del 23 de mayo de 2025. La aprobación, emitida en carta fechada el 3 de junio de 2025, tenía vigencia hasta el 3 de septiembre de 2025; la convocatoria del proceso se publicó el 30 de octubre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La carta indica que la aprobación tenía vigencia hasta el 3 de septiembre de 2025, mientras que la convocatoria fue publicada el 30 de octubre de 2025. El documento no consigna una prórroga o aprobación renovada; conviene verificar si la asistencia estaba autorizada para la fecha de convocatoria.
“esta aprobación tiene vigencia hasta el 03 de septiembre 2025, según consta en el informe técnico INF-0429/25, el cual se encuentra adjunto.”
La aprobación se refiere a una solución de hiperconvergencia, mientras que el portal registra también un ítem de software de manejo de base de datos orientada al objeto, estimado en RD$4,000,000. Conviene verificar si ese ítem formaba parte del alcance asistido por OGTIC o si su registro corresponde a otra clasificación o necesidad.
“"Adquisición de solución de hiperconvergencia para la optimización de la infraestructura tecnológica de la dida".”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona