La presentación exclusivamente electrónica debe contrastarse con el artículo 109
· hace 11 meses
La circular dispone la presentación exclusivamente por SECP, aunque reproduce el artículo 109 del Reglamento 416-23, que reconoce tanto la vía electrónica como el soporte papel y atribuye igual validez a ambos formatos. Aunque el documento afirma que la modalidad electrónica estaba especificada en las bases y cita comunicaciones de la DGCP que respaldan la elección institucional, conviene verificar cómo se armoniza esa exclusión del papel con el texto reglamentario y su efecto sobre la participación.
“Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. … En virtud de lo a”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
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