El Acto Administrativo núm. 18-2025, de 2025-10-10, aprueba iniciar la comparación de precios ARD-CCC-CP-2025-0018 para obras y remozamientos en los Comandos Navales Norte y Sur. Designa tres peritos para informar y evaluar las propuestas, ordena una convocatoria amplia y dispone publicar el acta en los portales institucional y de la DGCP.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El comité designa tres responsables, pero también contempla que estos puedan designar a quienes realizarán las evaluaciones. Conviene verificar si esos evaluadores fueron formalmente designados por el comité y si se documentaron su competencia y experiencia; el artículo 8 del Reglamento 416-23 atribuye al comité la designación de los peritos.
“SEGUNDO: DESIGNAR, en virtud de lo estipulado en el Artículo 36, párrafo I y el artículo 71 del Decreto ,; Al Director de Ingeniería ULISES RAFAEL URIBE VASQUEZ, Capitán de Navío, ARD, al Teniente de Corbeta, ARD, JOSÉ DE JESÚS CORDONES MOR”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
El acta cita el Reglamento 543-12 y la Resolución PNP-01-2024, y en la aprobación final invoca el artículo 16, numeral 1, aunque identifica el procedimiento como comparación de precios. El monto estimado informado en el portal, RD$168,794,625.39, sí cae dentro del rango de comparación de precios para obras de 2025; la discordancia apunta a verificar la fundamentación y el uso del umbral anual correcto, no demuestra por sí sola una modalidad inadecuada.
“VISTA: La Resolución PNP-01-2024, emitida por Dirección General de Contrataciones Públicas de fecha dos (02) del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024), que fija los valores para la determinación de los procedimientos de selección”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 253 — Entrada en vigencia
Artículo 253. Entrada en vigencia. El presente reglamento, a excepción del artículo 252 y su párrafo, entrará en vigencia a los seis (6) meses a partir de su promulgación.