El pliego del proceso AYUNTAMIENTO SAN P.-CCC-CP-2025-0011 establece una comparación de precios para construir aceras y contenes en tres ubicaciones de San Pedro de Macorís, con presupuesto base consignado de RD$18,282,553.28 y ejecución máxima de 90 días calendario. Fija criterios técnicos puntuados y una evaluación económica combinada, e identifica a dos responsables de la gestión contractual. No aparece una fecha exacta de emisión del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija como referencia de temeridad un precio 10% inferior al presupuesto base. Según los datos del portal, tres ofertas registradas por RD$16,424,051, RD$16,432,698 y RD$16,454,198 están aproximadamente entre 10.00% y 10.17% por debajo de ese presupuesto y muy próximas entre sí; constan como cargadas o pendientes, por lo que corresponde contrastar las ofertas completas y los precios por lote antes de extraer conclusiones sobre competencia o evaluación.
“Para este pliego se considera como oferta temeraria un precio con 10% por debajo del presupuesto base.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El pliego impide participar simultáneamente a empresas que compartan algún accionista, sin limitar la restricción a una constatación de control común o de conductas anticompetitivas. Esta regla puede excluir ofertas independientes por una coincidencia societaria que, por sí sola, no acredita coordinación.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona