El Acta Administrativa núm. CCC-2025-0319, fechada el 29 de septiembre de 2025, adjudica los cuatro lotes de la licitación a Distribuidora Bethesda, Comercial Máximo Julio R., Mediterraneo Investment Group y Grupo Continental Ferrero. Los montos consignados suman RD$30,631,633.22; el acta ordena notificar los resultados y publicar el documento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta de aprobación económica CC-2025-0318 consigna, según el resumen del proceso, RD$5,454,820.36 para el Lote 1, pero esta acta adjudica ese lote por RD$8,454,820.36. Los demás lotes mantienen los montos reseñados en la aprobación previa; la diferencia de RD$3,000,000 debe cotejarse con el informe económico y el expediente antes de formalizar el monto.
“DISTRIBUIDARA BETHESDA, SRL, por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución por un valor de OCHO MILLONES CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS VEINTE PESOS DOMINICANOS CON 36/100 CENTAVOS (RD$8,454,8”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acta identifica a Comercial Máximo Julio R como EIRL en la lista de participantes, pero en la resolución lo adjudica como SRL. Los datos del contrato del portal y la aprobación económica lo identifican como EIRL; corresponde verificar que la adjudicación y el contrato correspondan a la misma persona jurídica, no solo a una variación de nombre.
“ADJUDICAR en los LOTE II al oferente COMERCIAL MAXIMO JULIO R, SRL, por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Según el historial suministrado, Bethesda recibió 11 contratos del INAIPI por RD$114,607,813 y Mediterraneo 4 por RD$106,974,424 durante los 24 meses previos. El acta adjudica a ambas otros RD$8,454,820.36 y RD$9,885,129.63, respectivamente; el historial es un dato para revisar concentración, no prueba por sí mismo una irregularidad.
“1. ADJUDICAR en el LOTE 1 al oferente DISTRIBUIDARA BETHESDA, SRL, por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución por un valor de OCHO MILLONES CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS VEINTE PESOS DOMIN”
El acta adjudica a Grupo Continental Ferrero el suministro del Lote 4. Según el dato de DGII consultado en 2026, la actividad registrada de la empresa es informática; esa información posterior no establece cuál era su actividad ni su capacidad al ofertar, pero conviene verificar las credenciales y la actividad pertinentes al momento del procedimiento.
“4. ADJUDICAR en los LOTE IV al oferente GRUPO CONTINENTAL FERRERO, SRL, por ser la oferta técnica y económica más conveniente para la institución por un valor de CUATRO MILLONES OCHOSCIENTOS SEIS MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Grupo Remi, SRLLa aprobación del informe económico lo identifica como no habilitado para la apertura de ofertas económicas.
No habilitado
—
RD$145,808,569
Importek Dominicana, SRLNo habilitado para la apertura de ofertas económicas; en la evaluación técnica se señalaron omisiones en cantidades y descripciones y muestras que no cumplían las medidas requeridas.
No habilitado
Lotes 3 y 4
—
Suplidora Renma, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; se señalaron omisiones de dimensiones, unidades de medida y descripciones, además de muestras que no cumplían los requisitos.
No habilitado
Lotes 2, 3 y 4
—
Forest Lakes, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó problemas en la ficha y muestras que no cumplían los requisitos.
No habilitado
Lotes 3 y 4
—
Progastable, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó que faltaban cantidades por ítem y descripciones específicas, incumplimientos declarados no subsanables.
No habilitado
—
—
Supligensa, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; se señalaron descripciones y muestras que no cumplían cantidades o medidas requeridas.
No habilitado
Lote 4
—
Hems, S.R.L.No habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó errores en la identificación de lotes e ítems y una muestra con dimensiones inferiores a las requeridas.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Inversiones Tejeda Valera FD, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó diferencias en características, omisiones de marcas y unidades de medida y muestras no conformes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Inversiones Gretmon, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó inconsistencias en dimensiones, descripciones, cantidades, unidades y muestras.
No habilitado
Lotes 1, 3 y 4
—
Suplidores Diversos, SRLNo habilitado para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó que no presentó una muestra requerida.
No habilitado
Lote 1
RD$7,338,090
Distribuidora Bethesda, SRLAdjudicataria del Lote 1; el acta consigna que su oferta técnica y económica fue la más conveniente y cumplió las especificaciones del pliego.
Adjudicado
Lote 1
RD$8,454,820
OMX Multiservicios, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó una unidad de medida incorrecta y una grapadora inferior a la dimensión mínima requerida.
No habilitado
Lote 3
RD$4,895,665
Gat Office, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó falta de cantidades, lote, descripción específica y dimensiones de los bienes.
No habilitado
—
RD$8,943,834
Primen Distribuidora, SRLEl acta de aprobación del informe económico indica que reconoció un error involuntario en los valores de la oferta y que el Formulario 33 era no subsanable.
Descalificado
Lotes 3 y 4
RD$26,960,263
Celna Enterprises, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó que no especificó dimensiones requeridas para el libro récord.
No habilitado
Lotes 1 y 2
RD$8,206,888
Grupo Continental Ferrero, SRLAdjudicataria del Lote 4; el acta consigna que justificó sus precios, cumplió los requisitos y presentó la oferta técnica y económica más conveniente.
Portafolio.Do, SRLNo habilitado para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó omisiones de cantidades, errores de orden e ítems y una muestra distinta a la requerida.
No habilitado
Lotes 2 y 4
RD$35,150,633
Comercial Máximo Julio R, EIRLAdjudicatario del Lote 2; el acta consigna que su oferta técnica y económica fue la más conveniente. La parte resolutiva lo identifica como SRL, mientras que la lista de participantes y los datos del proceso lo identifican como EIRL.
Adjudicado
Lote 2
RD$7,485,250
Clipplus, E.I.R.L.No habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó que no especificó las unidades de medida requeridas.
No habilitado
Lotes 2, 3 y 4
—
Terencia, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica indicó falta de dimensiones y descripciones y una muestra de color no conforme.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Roadman Group, SRLHabilitado para la apertura de ofertas económicas; el acta no lo adjudica.
Velez Import, SRLPresentó cantidades diferentes a las solicitadas en varios ítems de los lotes 2 y 3, por lo que su oferta no fue considerada para adjudicación.
Aspadom, SRLNo habilitada para la apertura de ofertas económicas; la evaluación técnica consignó un índice de endeudamiento de 47.45 y documentos solicitados que no fueron subsanados.
No habilitado
—
—
Mediterraneo Investment Group, SRLAdjudicataria del Lote 3; el acta consigna que cumplió los requisitos y presentó la oferta técnica y económica más conveniente.