El pliego, fechado el 26 de septiembre de 2025, establece una subasta inversa para adquirir ocho renglones de lubricantes por un presupuesto estimado de RD$14,659,268.41, dirigida exclusivamente a empresas MIPYMES mujeres. Fija la recepción de ofertas para el 8 de octubre y la puja para el 13 de octubre de 2025; la entrega se vincula al registro del contrato, sin fijar en el pliego una fecha límite concreta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige estar inscrito previamente, aunque la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23 permiten presentar la solicitud de inscripción junto con la oferta. Esta condición podría restringir la participación de proveedores que todavía no tengan inscripción definitiva; conviene aclarar cómo se aplicaría frente a esa alternativa normativa.
“a) Estar previamente inscrito en el Registro de Proveedores del Estado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 7 · Reglamento 416-23, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 7
ART. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa.
Reglamento 416-23, artículo 16 — De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado
Artículo 16. De la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado. Las personas físicas o jurídicas interesadas en hacer ofertas de bienes, servicios, y ejecución de obras, deberán estar inscritas en el correspondiente registro o, conjuntamente con la entrega de su oferta, presentarán copia de la solicitud de inscripción, la cual deberá formalizarse durante el período de subsanación de las ofertas técnicas. Párrafo I. Podrán inscribirse en el Registro de Proveedores del Estado, personas físicas y jurídicas nacionales o extranjeras, consorcios conformados por personas físicas o jurídicas nacionales o extranjeras, asociaciones sin fines de lucro y cooperativas, así como otras personas…
El pliego pide a todos los participantes una certificación de distribuidor autorizado de los productos, sin delimitar su alcance ni explicar en el documento por qué es necesaria para suministrar estos lubricantes. Puede restringir la competencia a proveedores autorizados por los fabricantes; sería pertinente verificar su justificación técnica y disponibilidad en el mercado, aunque también puede servir para acreditar autenticidad o respaldo del producto.
“Certificación de distribuidor autorizado de los productos a ofertar”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Oferentes que registra (4)
3 mencionado · 1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Engomas RD, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; el acta de adjudicación resumida caracteriza a JCG Comercial como la única oferta presentada.
Mencionado
—
RD$12,747,540
Core Group, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; el acta de adjudicación resumida caracteriza a JCG Comercial como la única oferta presentada.
Mencionado
—
RD$13,791,392
JCG Comercial, SRLEl acta 783-2025 resumida adjudica los ocho ítems; el portal registra una oferta inicial y un contrato por RD$11,337,068.
Adjudicado
Ocho ítems; proceso sin lotes
RD$11,337,068
Celna Enterprises, SRLEl portal registra oferta cargada y pendiente; el acta de adjudicación resumida caracteriza a JCG Comercial como la única oferta presentada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona