El informe definitivo de evaluación técnica del proceso PASP-CCC-SI-2025-0013 está fechado el 3 de octubre de 2025 y recomienda habilitar para la apertura económica a los oferentes que cumplieron el pliego. Su anexo registra resultados de muestras por ítem, con incumplimientos por vencimiento, etiquetado, logo, marca y antecedentes de entregas anteriores; además, consigna una alerta de posible relación entre proveedores respecto de Ariel Parra Mejía.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para los ítems 2 y 3 de Factoría de Arroz Luis Martínez, el informe registra no conformidad por incumplimientos de entregas, calidad y características en procesos anteriores, en vez de describir una deficiencia de la muestra actual. Conviene verificar si ese fundamento estaba previsto como criterio de evaluación en el pliego.
“NO CUMPLE. El oferente ha incumplido con la entrega, calidad y características del producto en procesos anteriores recientes de esta Institución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El informe marca como no conforme la oferta de Ariel Parra Mejía por posible relación con el propio Ariel Parra Mejía, sin identificar en esta anotación a otra parte relacionada. La referencia parece incongruente y merece comprobarse contra la alerta automatizada y el expediente antes de usarla como fundamento de evaluación.
“NO CUMPLE. El oferente presenta posible colusión con el oferente Ariel Parra Mejía, conforme alerta automatizada proveedores relacionados de la DGCP.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 11 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 11
ART. 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado.
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
FACTORÍA DE ARROZ LUIS MARTÍNEZ, SRLLas muestras de los ítems 2 y 3 figuran como no conformes por incumplimientos en entregas, calidad y características de productos de procesos anteriores de la institución; los ítems 1 y 4 figuran conformes.
CARMEN DEL PILAR GUERRERO SÁNCHEZPara el ítem 11 el informe consigna que no indicó marca en el formulario y que la muestra carecía del logo institucional y de la leyenda de prohibición de venta.
No habilitado
Ítem 11
RD$49,887,096
ARIEL PARRA MEJÍAEl informe marca la oferta como no conforme por una posible relación con el mismo Ariel Parra Mejía, según una alerta automatizada de proveedores relacionados de la DGCP.
No habilitado
Ítems 1-4
RD$242,841,600
ROMENT, SRLLas muestras de los ítems 5 a 12 figuran como conformes; el informe no precisa aquí su habilitación definitiva.
Mencionado
Ítems 5-12
RD$637,858,614
SUPLIDORA MESARA, SRLLas muestras de arroz de los ítems 1 a 4 figuran como no conformes por falta de logo institucional y de la leyenda de prohibición de venta.
No habilitado
Ítems 1-4
RD$235,008,000
EMPRESAS INTEGRADAS, S.A.SLas muestras de los ítems 5 a 12 figuran como conformes; el informe no precisa aquí su habilitación definitiva.
Mencionado
Ítems 5-12
RD$637,592,154
DISTRIBUIDORA BACESMOS, SRLLas muestras de los ítems 5, 6, 11 y 12 figuran como no conformes por falta de logo y leyenda de prohibición de venta; para el ítem 6 también se consigna vencimiento inferior a un año.
No habilitado
Ítems 5, 6, 11 y 12
RD$382,994,782
GRUPO ZOMO, SRLLas muestras de los ítems 5, 6 y 9 a 12 figuran como conformes; el informe no precisa aquí su habilitación definitiva.
Mencionado
Ítems 5, 6 y 9-12
RD$574,736,270
COMERCIAL RAMIREZ, SRLLas muestras de arroz de los ítems 1 a 4 figuran como no conformes por falta de etiquetado y logo impreso.
No habilitado
Ítems 1-4
RD$264,000,154
VOR EXPORTATION BUSINESS, SRLLas muestras de arroz de los ítems 1 a 3 figuran como no conformes por falta de etiquetado y logo impreso.
No habilitado
Ítems 1-3
RD$265,999,027
PROCESADORA DE GRANOS MAGUANA, SRLLas muestras de arroz de los ítems 1 a 4 figuran como no conformes por falta de etiquetado y logo impreso.