La Circular No. 1 responde consultas de los interesados sobre la licitación MIVHED-CCC-LPN-2025-0015. Aclara, entre otros puntos, que excepcionalmente un oferente podría recibir más de un lote si es el único que cumple, detalla cómo acreditar experiencia y acepta documentación equivalente para oferentes extranjeros; también indica que los valores estimados incluyen ITBIS.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la atribución proporcional de la experiencia certificada a la participación efectiva del integrante del consorcio..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La consulta cita el pliego como limitado a obras en curso, pero la respuesta exige contratos notarizados para todos los casos y que cada certificación se acompañe de su contrato. Esta ampliación de la documentación para acreditar experiencia merece verificar su correspondencia con el pliego aprobado y el tratamiento aplicado a todos los oferentes.
“Para todos los casos deben presentar los contratos notarizados. Cada certificación debe estar acompañada de su contrato.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Adjudicación por lotesLímite de lotes adjudicables a un oferente
El pliego, según lo expresa la circular, limitaba la adjudicación a un lote por oferente.
Se permite adjudicar más de un lote a un oferente si es el único que cumple los requisitos del proceso.
Relaja
Experiencia del oferenteAcreditación de experiencia de integrantes de consorcios
La consulta planteaba acreditar las cantidades según la participación porcentual de cada integrante del consorcio.
La respuesta acepta acreditar el 100 % de las cantidades certificadas, independientemente de la participación porcentual de cada integrante.
RelajaQuita un control: Se elimina la atribución proporcional de la experiencia certificada a la participación efectiva del integrante del consorcio.
Experiencia del oferenteAcumulación y uso de certificados de experiencia
La consulta preguntaba si el metraje debía acreditarse por contrato, si había un límite de contratos y si podían reutilizarse certificados para experiencia general y específica.
Se confirma que los metros cuadrados son acumulados entre proyectos de al menos 5,000 m² cada uno, que no hay límite de contratos y que pueden usarse los mismos certificados para experiencia general y específica.
Aclara
Documentación de experienciaContratos notarizados y certificaciones
La consulta citaba el pliego como exigiendo contrato notarizado para obras en curso y preguntaba si bastaba el certificado de terminación para las concluidas.
La respuesta exige contratos notarizados en todos los casos y que cada certificación esté acompañada de su contrato.
Endurece
Documentación de oferentes extranjerosEquivalentes de certificaciones y documentos profesionales
La consulta preguntaba si debían presentarse certificaciones dominicanas de DGII, TSS y CODIA, entre otros documentos.
Se aceptan equivalentes emitidos por autoridades competentes del país de origen, con los requisitos de traducción al español y apostilla indicados en las respuestas.
Relaja
Presentación de ofertasMedio de presentación y ofertas por lote
La consulta entendía que la oferta debía presentarse físicamente y preguntaba si se requería una oferta separada por lote.
Se acepta presentación física o por SECP, sin dualidad de ofertas; puede utilizarse un único formulario para los lotes en que se participe, con la documentación de cada lote en carpetas separadas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona