El Comité de Compras y Contrataciones de EDESUR aprobó el 29 de septiembre de 2025 la Enmienda núm. 01-2025 al proceso EDESUR-CCC-CP-2025-0018. La enmienda modifica requisitos documentales, financieros y técnicos, la evaluación y adjudicación por lotes, las condiciones de pago y el anexo de materiales; no decide la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se admite acreditar disponibilidad futura mediante declaración jurada, en lugar de demostrar que todo el personal y los recursos están actualmente contratados o disponibles al presentar la oferta..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda está fechada el 29 de septiembre de 2025 y modifica requisitos financieros y técnicos, la evaluación y el criterio de adjudicación; según el cronograma del proceso, las ofertas debían recibirse el 9 de octubre. La proximidad merece verificar si el plazo restante fue proporcional a los cambios y si la fecha de emisión quedó dentro del límite del 75% previsto para enmiendas.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, del día veintinueve (29) del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025)… La Entidad Contratante realizará adjudicaciones por Lote.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda exige que el personal principal no trabaje en EDEESTE o EDENORTE al presentar la oferta y establece seis meses desde la salida si hubiera laborado allí. El documento no expone una justificación técnica para esta condición, que puede limitar el conjunto de personal elegible para los oferentes.
“Nota: El personal principal propuesto, contratado o no, no puede encontrarse laborando en una EDE (EDEESTE o EDENORTE) al momento de presentarse la Oferta. Si hubiere laborado en una, su fecha de salida debe ser de mínimo seis (6) meses, pr”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (5)
Sección
Antes
Después
Efecto
Sección I, numeral 11, documentación legal y financieraFormularios y acreditación de capacidad financiera
El texto previo de estos documentos no se reproduce en la enmienda.
Actualiza formularios y declaraciones, y exige certificación de línea de crédito, préstamo comercial o carta de crédito aprobada por entidad autorizada, equivalente al 20% del presupuesto base de los lotes ofertados.
Aclara
Sección I, numeral 11, documentación técnicaExperiencia, personal, vehículos y equipos
El texto previo de los requisitos no se reproduce en la enmienda.
Detalla experiencia de los últimos tres años, dos certificaciones de satisfacción y perfiles clave. Permite comprometer personal, vehículos o equipos no disponibles al ofertar, con declaración jurada de disponibilidad al inicio de los trabajos.
RelajaQuita un control: Se admite acreditar disponibilidad futura mediante declaración jurada, en lugar de demostrar que todo el personal y los recursos están actualmente contratados o disponibles al presentar la oferta.
Sección I, numerales 13 y 14.1Evaluación técnica y criterio de adjudicación
El texto previo de la metodología y del criterio de adjudicación no se reproduce en la enmienda.
Establece puntuación técnica de hasta 30 puntos, mínimo de 21 para pasar a evaluación económica y adjudicación por lote mediante suma de puntuaciones técnica y económica. Limita una segunda adjudicación al mismo oferente y prevé el caso de una sola oferta para todos los lotes.
Aclara
Sección III, numeral 10Pago y facturación
El texto previo de las condiciones de pago no se reproduce en la enmienda.
Fija un avance del 20% contra garantía por el total del avance y el pago del 80% restante según cubicaciones; establece hasta 30 días calendario desde la aprobación de la cubicación para pagar.
Aclara
Sección IV, anexo 4Listado de materiales y clasificación
El contenido anterior del anexo no se reproduce en la enmienda.
Modifica el anexo núm. 4 para que se lea “Listado de Materiales y Clasificación”.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…