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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego Estandar de compra de Bienes - copia.pdf

ADQUISICIÓN DE ACEITES Y LUBRICANTES, PARA SER UTILIZADOS EN LOS MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS DE LAS UNIDADES NAVALES Y TERRESTRES DE ESTA INSTITUCIÓN, ARD. · Armada de República Dominicana

Publicado el 25 sept de 202553 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ARD-CCC-CP-2025-0015

Lo que dice

El pliego de septiembre de 2025 establece una comparación de precios dirigida a MIPYMES para adquirir aceites y lubricantes en 14 ítems, con valor referencial de RD$5,620,720.00. El documento presenta una cifra presupuestada en el PACC de RD$6,208,853.20 y fija, entre otras condiciones, entrega en un plazo de hasta 24 horas. Según el resumen del acta de adjudicación incluido en el expediente, los ítems se repartieron entre Kramt Negocios Diversos, SRL y Nedercorp Investment, SRL, aunque el pliego califica la adjudicación como total.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.6 millones

El reparto por ítems no es inequívoco frente a la adjudicación total

Documento del 25 sept 2025 · hace 1 año

El pliego declara adjudicación total; sin embargo, según el resumen del acta de adjudicación, asigna siete ítems a Kramt y siete a Nedercorp. La explicación del pliego define que los oferentes deben cotizar todos los artículos, pero no aclara expresamente si la adjudicación puede dividirse entre proveedores, por lo que conviene verificar que el reparto siguiera el criterio publicado.

“La adjudicación será total, es decir, que los oferentes deben ofertar la totalidad de los artículos requeridos.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

Plazo de entrega de 24 horas y entregas a requerimiento

Documento del 25 sept 2025 · hace 1 año

El pliego establece la entrega total en un máximo de 24 horas desde la notificación de adjudicación, pero también prevé entregas a requerimiento durante la vigencia contractual. La combinación deja incierto si el plazo se aplica a toda la compra o a cada requerimiento y puede favorecer a oferentes que ya tengan disponibles los productos y la logística necesaria.

“El Oferente Adjudicado debe entregar los bienes de forma total, en un plazo no mayor de veinticuatro (24:00 HORAS) a partir de la Notificación de Adjudicación… … A REQUERIMIENTO DE LA INSTITUCIÓN”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 158 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 158 — Razonabilidad de las condiciones exigidas

Artículo 158. Razonabilidad de las condiciones exigidas. Se respetará como principio general que los plazos y requisitos para la presentación de ofertas, entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, serán razonables de acuerdo con la capacidad de respuesta del sector, de manera tal que no se constituyan en una barrera que impidan o limiten su participación.

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A revisarHallazgo en documentos

Umbral del índice de endeudamiento expresado de forma contradictoria

Documento del 25 sept 2025 · hace 1 año

El criterio de endeudamiento relaciona el cumplimiento con un índice menor o igual a 1.50, pero a continuación consigna signos que indican lo contrario. Esa formulación puede producir evaluaciones distintas sobre la solvencia de los oferentes; debe verificarse cómo se interpretó antes de habilitar ofertas.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$6.2 millones

Diferencia entre presupuesto del PACC y valor referencial

Documento del 25 sept 2025 · hace 1 año

El pliego indica un monto presupuestado en el PACC de RD$6,208,853.20, pero fija un valor referencial de RD$5,620,720.00. En 2025, la primera cifra cae en el rango de licitación restringida para bienes y la segunda en el de comparación de precios; el portal también registra RD$5,620,720. Debe verificarse cuál monto estimado sustentó la modalidad.

“Por un monto presupuestado de (RD$$6,208,853.20). … El valor referencial para esta compra asciende a (RD$5,620,720.00 ).”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 17

ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Otros documentos del proceso (31)

  • Acto administrativo de inicio de procedimiento.pdfInforme pericial · 22 sept de 2025 · 2 señales
  • Acto de aprobación de la ficha de especificaciones tecnicas.pdfPliego · 22 sept de 2025 · 1 señal
  • Convocatoria.pdfPliego · 22 sept de 2025
  • FICHA TÉCNICA.pdfPliego · 22 sept de 2025 · 3 señales
  • Invitacion a Presentar Oferta.pdfDocumento · 22 sept de 2025
  • CONTRATO.docxContrato · 22 sept de 2025
  • SNCC D051 Designacion Agente.docxDocumento · 22 sept de 2025
  • SNCC D052 Aceptacion Agente.docxDocumento · 22 sept de 2025
  • SNCC_D038_Garantia_GFC.docxDocumento · 22 sept de 2025
  • SNCC_F_056_Formulario_de_Entrega_de_Muestras.docxDocumento · 22 sept de 2025
  • SNCC_F033_Of_Economica.docxDocumento · 22 sept de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta.docx
Documento · 22 sept de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 22 sept de 2025
  • Pliego Estandar de compra de Bienes - copia.pdfPliego · 22 sept de 2025 · 7 señales
  • Solicitud de compras.pdfSolicitud de compra · 22 sept de 2025 · 1 señal
  • 9. Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · 17 oct de 2025 · 2 señales
  • 6. Acta de Apertura Sobre B.pdfActa · —
  • 6. Acta de Apertura Sobre B.pdfActa · —
  • 8. Acta de Aprobacion del informe de evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • 8. Acta de Aprobacion del informe de evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • 9. Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • 9. Acta de Adjudicación.pdfActa de adjudicación · —
  • CONTRATO (71).pdfContrato · —
  • CONTRATO (72).pdfContrato · —
  • EG1758577245105kX0Zn.pdfDocumento · —
  • EG1758577245105kX0Zn.pdfDocumento · —
  • EG1761163520978FHI41.pdfDocumento · —
  • EG1761163676932cYci1.pdfDocumento · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA (9).pdfInforme de evaluación · —
  • INFORME DE EVALUACION ECONOMICA (9).pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —