El Acto Administrativo núm. 15-2025, fechado el 22 de septiembre de 2025, aprueba iniciar la comparación de precios ARD-CCC-CP-2025-0015 para adquirir aceites y lubricantes destinados al mantenimiento de unidades navales y terrestres. Designa tres peritos y ordena convocar a los oferentes y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La lista de integrantes identifica al Inspector General y al Intendente General, pero no indica expresamente que alguno actúe como representante de la máxima autoridad ejecutiva ni como titular del área administrativa y financiera. Conviene verificar si sus designaciones corresponden a esos puestos requeridos para la conformación del comité.
“se reunieron los miembros del Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, debidamente integrado por los señores: Inspector General, Contralmirante JUAN GILBERTO NÚÑEZ ABREU, ARD., Capitán de Navío, CÉSAR RICARDO REYES RAMÍREZ, ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
El comité nombra tres responsables, pero también contempla que ellos designen a quienes realizarán las evaluaciones. Esto deja sin identificar en el acto a posibles evaluadores y merece verificarse frente a la atribución del comité de designar peritos y a los requisitos de competencia y ausencia de conflicto de interés.
“SEGUNDO: DESIGNAR, en virtud de lo estipulado en el Artículo 36, párrafo I y el artículo 71 del Decreto ; al Teniente de Corbeta, ARD, JOSÉ DE JESÚS CORDONES MORILLO, Perito Financiero, al Teniente de Fragata, ARD, WILDIN DÍAZ MÉNDEZ, Perit”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona