La Circular de Respuestas núm. 01, de 2025-09-22, responde consultas del proceso DIE-CCC-CP-2025-0011. Establece precios unitarios y pago por cubicaciones según volúmenes medidos, hasta el monto de cada lote; aclara reglas de participación por lotes y que no se evalúa la duración total del cronograma, sino su secuencia y recursos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular consigna que no habrá volúmenes específicos al ofertar y que las cantidades se medirán después, mientras las ofertas deben incluir precios unitarios y una sumatoria. La composición incierta de los trabajos puede dificultar comparar si esa sumatoria representa de forma equivalente el costo esperado de cada oferta; conviene verificar cómo se ponderaron los precios unitarios.
“En el presente proceso no se contempla el establecimiento de volúmenes específicos de partidas en la etapa de contratación, sino que el oferente debe basar su propuesta en la presentación de precios unitarios para cada una de las partidas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 78 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 78 — Oferta más conveniente
Artículo 78. Oferta más conveniente. La evaluación de las ofertas procurará que la adjudicación recaiga sobre aquella que resulte más conveniente, entendida como la que constituye una mejor relación, calidad-costo, menor precio o basada en calidad, según corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos. Párrafo I. De acuerdo con lo establecido en párrafo I del artículo 26 de la ley, cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común y estandarizado, se entenderá en principio, como oferta más conveniente aquella que cumpliendo los aspectos y condiciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, incluidos los criterios de sostenibilidad fijados,…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la verificación de la duración y viabilidad temporal global del plan de ejecución..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Oferta económica y ejecuciónPrecios unitarios, cantidades y pago por cubicaciones
No se contemplaban volúmenes específicos de partidas en la etapa de contratación.
Se ofertan precios unitarios por partida; los volúmenes se determinan durante la ejecución y se pagan por cubicaciones hasta agotar el monto del lote.
Aclara
Participación y adjudicación por lotesCantidad de lotes y límite de adjudicación
El pliego citado indica que cada oferente participa en todos los lotes y que solo se adjudica un lote.
La circular indica que puede ofertarse por la cantidad de lotes deseada y alude a una adjudicación excepcional de hasta dos lotes, condicionada a acreditar capacidad e idoneidad.
Relaja
Cronograma de ejecuciónEvaluación de la duración
El cronograma fija una duración de un día por actividad.
No se evalúa el tiempo total de ejecución; se evalúan la secuencia lógica, la asignación de recursos y el esquema de trabajos indicado en el pliego.
RelajaQuita un control: Se debilita la verificación de la duración y viabilidad temporal global del plan de ejecución.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona