La Enmienda II del Ministerio de Energía y Minas, fechada el 19 de septiembre de 2025, modifica el pliego del proceso MEM-CCC-LPN-2025-0014. Entre otros cambios, fija la vigencia de las ofertas hasta el 24 de noviembre de 2025, establece la vigencia de la garantía de seriedad hasta el 22 de diciembre de 2025, modifica el criterio de desempate y cambia de cinco a veintiséis días el retraso que configura mora por entrega.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el período durante el cual la oferta debe mantenerse firme.; Sustituye una vigencia vinculada a la fecha prevista de suscripción por una fecha fija, que puede cubrir un período menor.; Amplía de cinco a veintiséis días el retraso tolerado antes de que se configure la mora prevista en el pliego..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
7. Tiempo para la entrega de los bienesInicio del cómputo del plazo de entrega
El texto citado fijaba la entrega según los plazos y cronogramas aprobados, sin precisar en esa cláusula el hito inicial del cómputo.
Los plazos de entrega se cuentan a partir de la formalización del registro del contrato ante la Contraloría General de la República.
Relaja
11.2, literal c) Plazo de mantenimiento de ofertaVigencia de las ofertas
Las ofertas debían estar vigentes hasta el 8 de enero de 2026.
Las ofertas deben estar vigentes hasta el 24 de noviembre de 2025.
RelajaQuita un control: Reduce el período durante el cual la oferta debe mantenerse firme.
11.2, literal d) Garantía de seriedad de la ofertaVigencia de la garantía
La garantía debía estar vigente hasta veinte días después de la fecha prevista en el cronograma para suscribir el contrato.
La garantía debe tener vigencia hasta el 22 de diciembre de 2025.
RelajaQuita un control: Sustituye una vigencia vinculada a la fecha prevista de suscripción por una fecha fija, que puede cubrir un período menor.
9. Desempate de ofertasCriterios de desempate
Se prefería al oferente con menor tiempo de entrega; luego, al que ofreciera mayor cantidad de materiales de referencia y reactivos; y también se contemplaba un plan empresarial ambiental.
En caso de empate, se considera al oferente que presente un plan empresarial de responsabilidad para proteger el medioambiente en su cadena de producción.
Neutral
14. Finalización del contratoPlazo de mora por retraso en la entrega
La mora imputable al proveedor en la entrega de los bienes se configuraba por más de cinco días.
La mora imputable al proveedor en la entrega de los bienes se configura por más de veintiséis días.
RelajaQuita un control: Amplía de cinco a veintiséis días el retraso tolerado antes de que se configure la mora prevista en el pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona