La Enmienda II del Ministerio de Energía y Minas, fechada el 19 de septiembre de 2025, modifica el pliego de la licitación MEM-CCC-LPN-2025-0014. Cambia el inicio del plazo de entrega, fija la vigencia de las ofertas hasta el 24 de noviembre de 2025 y de la garantía de seriedad hasta el 22 de diciembre de 2025, limita el desempate al criterio ambiental y amplía de cinco a veintiséis días el retraso para considerar incumplida la entrega.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| 7. Tiempo para la entrega del(los) bien(es)Inicio y cálculo del plazo de entrega | La entrega debía ocurrir conforme a los plazos del pliego y los cronogramas de trabajo aprobados, sin precisar aquí el inicio del cómputo. | El plazo se cuenta desde la formalización del registro del contrato ante la Contraloría; el oferente debe expresar los tiempos de prestaciones accesorias y asumir el costo de los aumentos de tiempo que disponga después de adjudicado. | Aclara |
| 11.2 Contenido de la Oferta Económica, literal c)Vigencia de la oferta | Las ofertas debían estar vigentes hasta el 8 de enero de 2026. | Las ofertas deben estar vigentes hasta el 24 de noviembre de 2025. | Relaja |
| 11.2 Contenido de la Oferta Económica, literal d)Vigencia de la garantía de seriedad | La garantía debía permanecer vigente hasta veinte días después de la fecha prevista en el cronograma para suscribir el contrato. | La garantía debe permanecer vigente hasta el 22 de diciembre de 2025; se mantienen el monto del 1 %, la moneda y las demás características indicadas. | Aclara |
| 9. Desempate de ofertasCriterios de desempate | Se priorizaba al oferente con menor tiempo de entrega, luego a quien ofreciera más materiales de referencia y reactivos, y finalmente a quien presentara un plan ambiental. | Se concede preferencia al oferente que presente un plan empresarial de responsabilidad para proteger el medioambiente en su cadena de producción. | Neutral |
| 14. Finalización del contratoRetraso que configura incumplimiento | La mora imputable al proveedor por más de cinco días en la entrega se consideraba incumplimiento. | La mora imputable al proveedor por más de veintiséis días en la entrega se considera incumplimiento. | Relaja |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona