El Comité de Compras de EDENORTE adjudicó el proceso de excepción por proveedor único EDENORTE-CCC-PEPU-2025-0034 a Redes Inalámbricas Dominicanas, S.R.L., por RD$19,500,000.00 con impuestos incluidos. El acta está fechada el 26 de agosto de 2025 y establece que el servicio tendría una duración de un año desde el 20 de junio de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta fija el inicio de la duración anual del servicio el 20 de junio de 2025, antes de la convocatoria del 28 de julio y de la adjudicación del 26 de agosto. Conviene verificar cuándo comenzó la prestación y si hubo cobertura contractual y pagos antes de la adjudicación y formalización.
“La contratación del servicio tendrá una duración de un (1) año contado a partir del día veinte (20) del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 61 · Reglamento 416-23, art. 62 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 61 — Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación
Artículo 61. Actuaciones del ciclo de procedimiento de contratación. Serán consideradas actuaciones obligatorias propias del procedimiento de contratación las siguientes fases: 1. La planificación de las contrataciones. 2. La preparación de las contrataciones. 3. La convocatoria al procedimiento de contratación. 4. Las aclaraciones y respuestas a los oferentes, así como posibles adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. 5. Las presentación, apertura y evaluación de ofertas. 6. La adjudicación. 7. El perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio. 8. La administración, gestión y liquidación del contrato u orden de compra o de servicio. Párrafo. En las compras y…
Reglamento 416-23, artículo 62 — Etapas del procedimiento de contratación
Artículo 62. Etapas del procedimiento de contratación. Las actuaciones enunciadas de manera general en el artículo precedente serán organizadas en las siguientes etapas: 1. Etapa precontractual. Es la etapa dentro de la cual se realizan todas las actuaciones previas a la formalización del contrato, que incluyen las fases de planificación, de preparación, de convocatoria, de aclaraciones y respuestas a los oferentes, posibles adendas o enmiendas, de presentación, apertura y evaluación de ofertas y la adjudicación. 2. Etapa contractual. Es la etapa que inicia con la formalización y perfeccionamiento del contrato u orden de compra o de servicio, dentro de la cual se producen todas las…
El portal registra una sola oferta y el acta consigna que la cotización coincide exactamente con los RD$19,500,000 certificados y con el monto estimado del proceso. La selección directa por proveedor único puede explicar que no haya competencia abierta, pero la coincidencia total hace pertinente verificar la razonabilidad del precio frente a referencias de mercado.
“REDES INALÁMBRICAS DOMINICANAS, S.R.L, en fecha nueve (9) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), presentó cotización del servicio por un monto total de DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ 19,500”
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
El número RES-CC-282-2025 también aparece en el antecedente aportado para un acta del mismo día que adjudica otro proceso y objeto. Puede tratarse de un error de identificación; conviene cotejar los originales y la trazabilidad de ambas resoluciones.
“RES-CC-282-2025 ACTO DE ADJUDICACIÓN DEL PROCESO DE EXCEPCIÓN POR PROVEEDOR ÚNICO EDENORTE-CCC-PEPU-”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 13 · con ChatLeyes
Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…
Redes Inalámbricas Dominicanas, S.R.L.Adjudicada por excepción de proveedor único; el acta indica que cuenta con autorizaciones de INDOTEL para operar las frecuencias correspondientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…