La justificación no demuestra que RID sea la única opción del mercado
· hace 1 año
El documento apoya la contratación directa en la trayectoria, ventajas operativas y autorizaciones de RID, y afirma que otros proveedores carecen de cobertura en zonas remotas. En el texto citado no aporta elementos que acrediten que el servicio sea insustituible o que RID sea la única opción del mercado, aspecto central para sustentar la excepción; corresponde verificar el respaldo técnico y de mercado en el expediente.
“• Continuidad operativa: RID ha garantizado un servicio confiable y de alta calidad durante más de dos décadas, incluyendo en zonas remotas donde otros proveedores no tienen cobertura.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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