El informe definitivo de evaluación técnica del proceso DIE-CCC-SI-2025-0005, fechado en portada el 2025-09-10, evalúa a seis oferentes para adquirir materiales de construcción. Registra a DEPROSERVI habilitado para todos los ítems y a Lomier Company habilitado únicamente para el ítem 3; declara no habilitados a D Lexx Import, Inversiones Yang, Hermosillo Comercial y Ferretería Popular.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe consigna que Lomier «no cumple con documentación técnica», pero su tabla final la registra habilitada para el ítem 3. Aunque la habilitación parcial puede explicar el resultado por ítem, la diferencia entre la conclusión general y la habilitación requiere verificar cómo se documentó y aplicó esa evaluación.
““no cumple con documentación técnica.” … “LOMIER COMPANY, S.R.L. Habilitado El Oferente Solo pudo demostrar que tienes en sus almacenes por lo menos el 30% de los BLOQUES DE 4 INDUSTRIALES””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
La tabla marca cumplida la declaración jurada sobre inventario del 30%, pero concluye que el oferente no demostró disponer de ese inventario. El informe no precisa qué comprobación adicional se realizó ni qué evidencia justificó esa diferencia; conviene revisar el soporte de la evaluación.
““8. Declaración jurada, ante notario público, que establezca que posee en almacén el 30% de la cantidad ofertada de los ítems por los cuales desee participar. Cumple” … “El Oferente no pudo demostrar que tiene en sus almacenes por lo menos ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Oferentes que registra (6)
4 no habilitado · 2 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
D Lexx Import, S.R.L.No cumplió con la documentación técnica: el informe indica que no demostró tener en almacén al menos el 30% de los ítems ofrecidos y que no presentó ni subsanó documentación ambiental.
Lomier Company, S.R.L.El informe la habilita únicamente para el ítem 3, al acreditar disponibilidad en almacén del 30% de los bloques de 4 industriales.
Habilitado
Ítem 3: bloques de 4 industriales
—
Inversiones Yang, S.R.L.No demostró que tenía en almacén por lo menos el 30% de los ítems ofrecidos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona