La Enmienda 2, fechada el 8 de septiembre de 2025, modifica el cronograma del proceso DGAP-CCC-LPN-2025-0014 para la adquisición e instalación de escáneres de rayos X. Fija, entre otros hitos, la presentación de ofertas para el 1 de octubre de 2025 y establece hasta 20 días hábiles desde la notificación de adjudicación para constituir la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Difiere la constitución de la garantía que respalda el cumplimiento del contrato..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La enmienda fija hasta 20 días hábiles desde la notificación para constituir la garantía. El artículo 200 del Reglamento 416-23 establece cinco días hábiles, o diez en licitaciones internacionales o para adjudicatarios extranjeros; el proceso figura como licitación pública nacional.
“No mayor a 20 días hábües contados a partir de la notificación de adjudicación [07/01/2026]”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Cronograma de actividades, punto 7Plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
El cronograma previo no se reproduce en la enmienda; el Reglamento 416-23 establece un plazo de cinco días hábiles, o diez para licitaciones internacionales o adjudicatarios extranjeros.
Se fija un plazo de hasta 20 días hábiles desde la notificación de adjudicación, con fecha indicada del 07/01/2026.
RelajaQuita un control: Difiere la constitución de la garantía que respalda el cumplimiento del contrato.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona