La Resolución CCC-0002-2025, de 2025-08-26, aprueba el uso de la excepción de proveedor único por selección directa para contratar la continuidad de servicios de cloud, conectividad y ciberseguridad. También designa tres peritos para elaborar especificaciones técnicas y evaluar las ofertas, y ordena iniciar y publicar el procedimiento; esta resolución no consigna un monto de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Aladdin Jimenez figura como miembro del comité por su función en la Oficina de Acceso a la Información y, en la misma resolución, es designado perito legal. Esa acumulación de funciones merece revisión respecto de la separación entre evaluación pericial y decisión colegiada; el documento no establece que exista conflicto de interés.
“Aladdin Jimenez, responsable de la Oficina de Acceso a la Inforrnacion (OAI”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El acta consigna que NAP emitió la certificación que lo clasifica como proveedor único y que esta se apoya en informaciones y certificaciones de terceros. Conviene verificar los documentos fuente, su alcance y vigencia, pues la resolución usa esa certificación para sustentar una selección directa; el acta también menciona certificaciones tecnológicas y aprobación de la OGTIC.
“Que en fecha siete (7) de agosto de 2025, la empresa NAP DEL CARIBE INC, emite la certificaci6n de que han sido clasificados en el regimen especial de zonas francas como Proveedor Onico de los servicios de Colocaci6n, Cloud y”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Reglamento 416-23, art. 50 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
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1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
NAP del Caribe, INCIdentificada en la resolución como proveedor único propuesto para la contratación; el documento aprueba la excepción, no la adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona