La Resolución CCC-237-2025, de 2025-08-13, aprueba el informe económico y adjudica a Magna Motors, S.A. el diseño y construcción de un punto WiFi móvil por RD$18,790,000.00. El acta registra que fue la única oferta recibida y que el monto adjudicado queda RD$10,000 por debajo de la apropiación presupuestaria de RD$18,800,000.00. También consigna que la aprobación de la habilitación técnica fue fechada después de la apertura económica, por lo que conviene verificar la secuencia documentada.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una sola oferta y la adjudica por RD$18,790,000.00, solo RD$10,000 menos que la apropiación de RD$18,800,000.00. La existencia de un único precio competitivo y su proximidad al límite presupuestario son datos relevantes para revisar la razonabilidad del monto; el proceso ya registra como contexto un solo oferente y una adjudicación superior al estimado original.
“en el referido procedimiento se recibió la siguiente oferta … Magna Motors, S.A”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta sitúa la apertura de la oferta económica el 2 de julio de 2025, pero refiere que la resolución que aprobó la habilitación técnica fue dictada el 16 de julio. El reglamento prevé que la apertura económica ocurra una vez concluida la evaluación técnica y notificados sus resultados; conviene verificar las fechas y la secuencia efectiva, pues el acta adjudica a la única oferente.
“el Comité de Compras y Contrataciones del Indotel dictó la Resolución núm. CCC-202-2025 de fecha 16 de julio de 2025”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
En el relato de ambas aperturas se identifica a Dionicio Antonio Eugenio García, mientras que la relación de documentos vistos atribuye los actos de apertura a César Mejía Reyes; ambos aparecen asociados en el texto a la matrícula 4123. La diferencia de identidad merece cotejo con los actos auténticos para confirmar la trazabilidad de las aperturas.
“se llevó a cabo en presencia del Lcdo. Dionicio Antonio Eugenio García, notario público de los números del Distrito Nacional matrícula 4123”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 118 · Reglamento 416-23, art. 127 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 118 — Acto notarial de la apertura de la oferta técnica
Artículo 118. Acto notarial de la apertura de la oferta técnica. El notario público levantará un acto auténtico sobre la apertura de las ofertas técnicas que deberá contener, de manera enunciativa y no limitativa, lo siguiente: 1. El objeto y referencia del procedimiento. 2. El listado de nombres y generales de los oferentes participantes en el procedimiento, así como el medio de presentación de su oferta. 3. El listado de los asistentes al acto de apertura. 4. Las observaciones realizadas por los asistentes al acto. 5. Cualquier situación presentada durante el acto. Párrafo. La estructura, contenido y formalidad de los actos notariales deberán dar cumplimiento a lo establecido en la Ley…
Artículo 127. Acto notarial de la apertura de la oferta económica El notario público levantará un acto auténtico sobre la apertura de la oferta económica que, deberá contener los mismos requisitos del acto de apertura de las ofertas técnicas, junto con lo siguiente: 1. El contenido de las ofertas económicas presentadas. 2. El tipo, monto y vigencia de su garantía de seriedad de la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona