El documento es una versión del pliego actualizada por enmienda para la Licitación Pública Nacional INDOTEL-CCC-LPN-2025-0005. Fija un presupuesto base de RD$18,800,000, impuestos incluidos, y establece un plazo máximo de siete meses para la entrega; el cronograma de ofertas que conserva indica como cierre el 29 de mayo de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La versión se identifica como actualizada por enmienda y fechada en junio de 2025, aunque mantiene el cierre de recepción de ofertas del 29 de mayo. Según la información del proceso, la resolución que aprobó la enmienda es del 20 de junio; corresponde verificar la secuencia de publicación y si se dio a los oferentes un plazo efectivo para ajustar sus propuestas.
“ACTUALIZADO CONFORME A ENMIENDA XXXX … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el (29) veintinueve de mayo de dos mil veinticinco (2025), hasta las 10:00 a.m, establecida en el”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 18
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Para acreditar experiencia, el pliego exige al menos una adaptación similar y referencias de experiencias locales por cada proyecto presentado. Al no precisar en este fragmento parámetros alternativos de equivalencia, este requisito podría limitar la participación de proveedores capaces pero sin antecedentes locales de un proyecto descrito como similar; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto.
“Experiencia como proveedor (formulario SNCC.D.049) con el fin de acreditar que ha … implementado de forma exitosa al menos una adaptación similar y que ha brindado servicios que sean semejantes. Al formulario SNCC.D.049 se le debe”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego describe la contratación como diseño y construcción de un punto Wi-Fi móvil, pero exige en el RPE actividades de mantenimiento y reparación de construcciones o instalación y diseño de comunicaciones por redes de área local. La exigencia, formulada como obligatoria, podría restringir la participación de proveedores cuya actividad principal sea la adquisición y adecuación de vehículos u otros componentes del objeto.
“Constituye el objeto de la presente convocatoria recibir ofertas para la contratación para el diseño y la construcción de un punto wi-fi móvil … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
4. Presupuesto baseAumento del presupuesto base
El pliego original fijaba un valor referencial de RD$11,773,500.00, impuestos incluidos.
El pliego actualizado fija un valor referencial de RD$18,800,000.00, impuestos incluidos.
Relaja
11.2, garantía de seriedad de la ofertaVigencia de la garantía de seriedad
La versión anterior tenía una vigencia que concluía el 25 de mayo de 2025.
El pliego actualizado exige vigencia hasta el 1 de septiembre de 2025.
Endurece
9.1, ofertas presentadas en formato papelCopia digital de la oferta técnica
No se requería entregar una memoria USB con la oferta técnica en papel.
Se exige una memoria USB con el contenido fiel del Sobre A.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona