La resolución operativa nombra una excepción distinta
· hace 1 año
Aunque los considerandos describen un procedimiento por exclusividad, la primera resolución lo identifica como adquisición de obras científicas, técnicas o artísticas, o restauración de monumentos. Esta discordancia deja sin claridad cuál fundamento de excepción aprueba formalmente el pliego; el documento no indica que haya cambiado el resultado de la contratación.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: APROBAR el Pliego de Condiciones Específicas correspondiente al proceso por excepción para la Adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos que regirá el procedimiento”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 58 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos
Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →